domingo, 1 de febrero de 2015

IHERINGISMO

P - IHERINGISMO

C
omencemos por establecer que Ardao en su libro “Batlle y Ordóñez y el positivismo filosófico”, en la página 165 determina la importancia de Ahrens, pero en cita a pie de página afirma, “Algo del asunto había oído Rodríguez Fabre­gat. En su obra Batlle, que es de 1942, lo alude; pero en lugar de Ahrens, nombra por repetidas veces a Ihering (págs. 129, 147, 175)”.[1]

Además no se había encontrado manifestación alguna al respecto por este autor, esto es lo que establece Ardao.

Por su parte Rodríguez Fabregat estableció en dichas páginas el nombre de Ihering, y si bien lo nombra, no explica nada más, incluso en determinado momento se nombra a Ahrens creando cierta confusión.



También Luis Antonio Hierro establece: “...Batlle empieza a escribir en “La Lucha”. Por poco tiempo, porque sus propietarios, temerosos de las consecuencias que aca­rrearía la línea radical, decidieron cerrarlo. Realmente, “La Lucha” era una trinchera de combate, en páginas y espíritu: por la noche, redactores y operarios trabajan armados, y tenían todo dispuesto para convertir la imprenta en un férreo recinto defensivo...”.[2]  Por su parte Fer­nández Prando establece: “Es bastante significativo, aunque no suficiente como demostración de la influencia, el hecho de que Batlle haya publicado con la colaboración de Benja­mín Fernández y Medina, un periódico de nombre “La Lucha”, que parecería evocar la obra de Ihering, “La lucha por el Derecho”.[3]

¿Dónde está la incertidumbre? En los años que implicó esta investigación no hemos podido encontrar una cita del diario La Lucha, y aquellos investigadores consultados sobre el tema tampoco han tenido acceso a dicho periódico.

El 29 de abril de 1885 Batlle escribe en La RazónEl posibilismo y la intransigencia”. Es nuestro interés trans­cribirlo íntegramente.

Con frecuencia se ha lanzado el título de intransigen­te como un insulto. Intransigente ha sido, y es aún para muchos, espíritus impuros, sinónimo de carácter atrabilia­rio y feroz, pendenciero sin tregua, díscolo y dado a la crítica mordaz por el único y amargo placer de atormentar a los que divergen de opiniones y no se amoldan al criterio absoluto e intolerante del intransigente.

Ha llegado el momento de restablecer el significado propio de la palabra, desvirtuando la vocinglería de los que temen la intransigencia porque saben que tiene que ser para ellos un flagelo. Hay en la República una juventud numerosa, que acepta el mote como un elogio y lo levanta como una bandera. Es necesario por tanto definirlo.

Rica en variedad de caracteres es la existencia humana: los hay excesivamente delicados y excesivamente torpes, valerosos y timoratos, apegados al culto de la moral y del derecho e indiferentes por una y otra cosa, ardientemente atareados, unos, en hacer de la doctrina un hecho y floja­mente ocupados, otros, en hacer del hecho una doctrina.

La delicadeza, la energía, el culto por la moral y el derecho, y el afán por inculcar sus principios en el movi­miento de la existencia, son las notas características del intransigente. La torpeza, la timidez ante el fuerte, el desprecio de todos los principios cuya práctica requiere un esfuerzo constante, y el amor al hecho que se produce espontáneo por el sacrificio de otro, son los rasgos culmi­nantes del tipo opuesto: el posibilista.

El intransigente tiene un ideal: hay una norma para su conducta y un molde para el arreglo de todas las cosas humanas. Sueña con su ideal; sabe que muchas de sus aspira­ciones no son de su época; pero sabe también que otras pueden ser realizadas en un día de triunfo no lejano y lucha, lucha sacrificando afecciones e intereses, para llegar a ese día.



El posibilista no tiene ideales, no obedece a princi­pios ciertos de conducta; abandonase muelle e indolentemen­te al vaivén de los acontecimientos; aprueba cuando no teme; censura si no hay peligro y otros han tomado la iniciativa; su único Dios es el Éxito glorificado; su pasión única es la paz de las buenas digestiones y la voluptuosidad de un sueño sin pesadilla.

Pero un carácter es una conducta y toda conducta supone una doctrina: de aquí la doctrina intransigente; de aquí la doctrina posibilista.

El posibilista aunque manso, con esa mansedumbre infe­cunda, que si no hace mal, tampoco hace bien alguno, aspira al aprecio público, que hace más llano el camino de la vida. Pero el aprecio público solo se obtiene cuando se ha adoptado una posición definida, capaz de servir de garantía tanto de la actitud del presente como de la que en el porvenir pueda asumirse.

La doctrina que define la actitud surge, pues; y así como se dibuja en el ropaje la forma del cuerpo, se dibuja en ella el carácter para cuyas necesidades se ha confeccio­nado.

Todas las debilidades y claudicaciones del presente; todas las que registra la historia y las que corren en tradiciones más o menos verídicas, todas, sin excepción, con tal que haya obtenido un éxito momentáneo o duradero, son recogidas, ordenadas metódicamente como el súmmum de la ciencia y prudencia política.

El posibilista que expone su credo no ve, ni quiere ver las consecuencias lejanas, pero inevitables de los actos que aconseja y practica; señala magistralmente el resultado inmediato favorable y no cuida si después de aquello vendrá o no vendrá el diluvio.

Como comprobación, para él evidente, de la verdad que sostiene, recoge prolijamente las propias debilidades del neófito a quien pretende convencer, las explica y justifi­ca, y le impulsa a que las repita y ostente como tipo de la conducta de un hombre honrado.

De este modo el posibilismo no es propiamente una doctrina sujeta a principios fijos; es más bien un ejemplo vergonzoso, múltiple, variadísimo, aplicable a todas las situaciones de la vida, tomando de todas las páginas oscu­ras de la historia, de todos los errores y apostasías del presente, y ofrecido como llano y ancho camino a los carac­teres vacilantes y a las pasiones egoístas.

Remontándonos a sus fuentes, encontraríamos su abolengo en lo que se ha llamado la Escuela Histórica, principalmen­te en los tiempos modernos por Savigny y Putcha.

Según los principios sentados por esa escuela, el esfuerzo humano no tiene objeto: el derecho se desarrolla y se in[...] en las sociedades como el lenguaje, lento, pro­gresivo, pacíficamente, sin que cueste una gota de sangre ni un dolor de cabeza.

La lucha es inoficiosa: estudiar cómodamente, teniendo en una butaca las evoluciones jurídicas de la humanidad en el pasado, preocupándose poco de las que realice en el presente o en el porvenir, contando con que sabrá crear espontáneamente su derecho como crea su lenguaje, es hacer oídos sordos a los males y calamidades de que vivimos rodeados, seguros de que se dulcificarán lentamente.



(...) de la Humanidad bajo el Imperio Romano; la irrup­ción de los bárbaros que traen una nueva vida al seno de aquel Imperio; la lucha por la libertad de conciencia; y el tremendo combate por la libertad en todas las esferas, que lleva el nombre de Revolución Francesa.

Son también ejemplos de esa verdad la lucha por la Independencia de Norte y Sud-América, y nuestra guerra nacional del año 25, a cuyo esfuerzo debemos el puesto que ocupamos entre las naciones.

La lucha, la intransigencia por el derecho ha sido pues la condición del progreso jurídico.
Y que esto ha tenido que ser así, y será en adelante, puede probarse. Todo progreso en derecho implica la des­trucción de la arbitrariedad, o de un derecho establecido, más antiguo, cuya carencia de base científica ha llegado a reconocerse.

En el primer caso el interés egoísta, exclusivo por excelencia, que se antepone a todo, no cede y tiende a adquirir un viso de legitimidad por el transcurso del tiempo, que hace olvidar su origen.

En el segundo caso, el interés que se cree o afecta creerse legitimado por la tradición tampoco cede.

En uno u otro caso el interés no se convence.

¿Se suspendería el movimiento progresista de la humani­dad o de un pueblo ante este obstáculo? ¿El derecho recono­cido se inclinaría ante el interés obcecado?

¡Sí! -dirá el posibilista,- iremos estableciendo el derecho, cobardemente, poco a poco, y cuando los usurpado­res no lo tomen a mal.

¡No! -dirá el intransigente,- luchemos; la lucha es la condición del derecho. Si hoy cedemos tendremos que ceder mañana, si hoy transigimos por la parte, mañana transigire­mos por el todo.

Tal es el posibilismo, y tal es la intransigencia.

¡Terminaremos diciendo con Yering es cuestión de carác­ter![4]

Queda claro que Ihering no era  tan desconocido para Batlle como pretende establecer Ardao.

Veamos la obra de Rudolf von Ihering, principalmente “La lucha por el Derecho”, la cual fue traducida por teóri­cos españoles krausistas, Adolfo Posada y prologada por Leopoldo Alas. Esto dejaría en evidencia la posibilidad de compatibilidad de las ideas de Krause con las de Ihering, pues si no fuera así no se hubiera traducido por integran­tes del krausismo y en el prólogo se establecerían sus discrepancias con el pensamiento de Ihering, cosa que no sucede en ningún momento.

Caspar Rudolf von Ihering
22 de agosto de 1818 - a7 de setiembre de 1892

Es así que Leopoldo Alas establecía: “...Ihering, seguro de sí mismo, expone originales y profundas reflexio­nes científicas, de forma que cualquier inteligencia media­namente educada puede acompañarle en todos sus luminosos raciocinios. Merced a esta ventaja, cabe utilizar como libro de propaganda éste, cuyo contenido se refiere a cuestiones que en la actualidad interesan a los políticos como a los jurisconsultos, a los filósofos como al pueblo ... Cualesquiera que sean las opiniones de Ihering en punto a la política actual, y a pesar de ciertas tenden­cias con exceso conservadoras que a veces ha manifestado, La lucha por el derecho es, en rigor, sabiendo leer entre líneas, y aun sin eso, una obra de consecuencias revolucio­narias…”.[5]

Para Ihering el Derecho tiene como origen el fin deli­berado de asegurar las condiciones de la vida de la socie­dad. Define en razón del fin para el que fue creado, esto es, la realización práctica de las condiciones de vida de la colectividad humana. No hay acción sin un fin; a los efectos de asegurar las condiciones de vida de la sociedad, el Derecho se traducirá en normas coercibles.

Recordemos la definición que daba Prudencio Vázquez y Vega sobre el derecho, el cual tenía como fin inmediato armonizar las relaciones, para que el hombre concurra a sus ideas, que se desarrolle en su esfera sin que se produzcan violaciones recíprocas, en el ejercicio de las facultades de cada uno.

Al finalizar el libro de Ihering se hace la propaganda de Enrique Ahrens - Enciclopedia Jurídica o exposición orgánica de la ciencia del derecho y el estado, versión directa del alemán, por Francisco Giner y Gumersindo de Azcárate.

Creemos que la afirmación hecha por Ardao en 1951 debería de reverse a partir de estos elementos y otros que en una investigación más profunda sobre el tema puedan dar una óptica diferente.



Por su parte Julio María Sosa al referirse sobre Ihe­ring establecía en 1906 en La Prensa: “El principio regula­dor por excelencia, alrededor del cual giran todos los demás y hacia el cual camina animosa la humanidad desde los tiempos primitivos, es el de que ante todo lo justo se posterguen todos los hombres, acatando sus mandos imperati­vos y categóricos, en la resolución de los conflictos de intereses o aspiraciones que puedan dividir a los diversos componentes del agregado supe orgánico... Respecto al derecho puro, es decir, al llamado derecho natural, de donde dimanan con más o menos perfección todas las institu­ciones modernas, parece agotada la polémica; pues como lo ha demostrado Ihering, el fin del derecho es la justicia y ésta consiste en la equitativa repartición de los bienes y recompensas sociales, teniendo en cuenta los merecimientos y sacrificios que hagan por el bien general, tanto los individuos como las colectividades. Pero donde esta idea de justicia no ha podido destacarse todavía, con toda su limpidez provechosa y honesta, es en las actividades econó­micas; pues quedan muchos resabios de la doctrina que proclama que lo único que debe dominar en los fenómenos económicos, que tanto afectan a los pueblos, es la oferta y la demanda, con toda su fría y egoísta brutalidad, por más males que produzcan en el mundo. De ahí el fenómeno univer­sal de la irritante y falsa distribución de la riqueza, que favoreciendo a ciertas clases sociales, sin merecerlo, con la casi totalidad de los beneficios deja fuera de toda protección racional a la inmensa mayoría de los que forman el agregado social ... Por lo tanto sin atacar absolutamen­te la libertad económica, beldad que todo lo armoniza, cuando es bien atendida, es necesario hacerla marchar junto a la justicia que es su complemento y la justicia, como ya hemos dicho, es llegar al punto de que, los beneficios sociales, deben equitativamente repartirse según los méri­tos de los asociados... De ahí que proclamemos con convic­ción profunda, que en nuestro país debe variarse absoluta­mente el impuesto, de manera que los que necesitan más amparo para sus intereses de la sociedad paguen más, y los que necesitan menos, paguen menos o nada. El impuesto progresivo sobre herencias y sobre el valor de la tierra resuelve, como ya lo hemos demostrado, el problema”.[6]  




[1] Ardao, Arturo- Batlle y Ordóñez y el positivismo. Montevideo. 1951. pág. 165.
[2] Hierro López, Luis- Batlle. Demócrata y reformador del Estado. Montevideo. 1977. pág. 13.
[3] Fernández Prando, Federico- Op. Cit. pág. 55.
[4] El posibilismo y la intransigencia. La Razón. Abril, 29 de 1885.
[5] Ihering, Rudolf von- La lucha por el derecho. Ma­drid. 1881. págs. VI-VII.
[6] Sembrando ideas. La Prensa. Mayo, 9 de 1906.

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