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GEORGISMO
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enry George (1839-1897) baso su teoría en la de Ricardo
sobre la renta, la considera como un sobrante que va a parar al terrateniente,
sin que éste haya prestado por su parte ningún servicio, debido al aumento de
la población y de la demanda.
No establece diferencia entre el trabajo y
el capital, considerando a los propietarios de estos dos factores de la
producción como acreedores a una retribución y los agrupaba juntos como
víctimas de la explotación que realizan los monopolistas de la tierra.
Afirmaba que si la renta económica iba a
parar al Estado como representante de todo el pueblo, no sería necesario
ningún otro impuesto, de aquí la explicación “impuesto único”, que
empleó más tarde al exponer su propuesta. Siempre habrá tierra a disposición de
los que pudiesen, y estuviesen dispuestos a ofrecer la renta más alta. Ya no se
daría el caso de que hubiese tierras sin explotación, porque su dueño prefiera
gozar de ella sin que produjera, o esperar hasta que pudiese obtener una renta
o un precio de venta mayor. Desaparecerían todas las restricciones que los
propietarios de la tierra imponen a la producción, y se acabaría con todas las
barreras que impiden llegar al máximo de ella.
El georgismo
hace volver a la sociedad la tierra, gravándola progresivamente, vale decir,
buscando su transformación mediante leyes graduales y no por cambios radicales.
El impuesto progresivo a la tierra es un
medio de control estatal, y un incentivo para hacerla productiva, a la par que
cumple una finalidad social.
Los abanderados de la postura georgista en
nuestro país en una forma ortodoxa son: Manuel
Herrera y Reissig, Mateo Magariño
Veira, Almada, César Miranda, desde el ámbito académico
es clave la figura de Carlos Mª de Pena:
“...En el programa del primer año del
Curso de Economía Política y Finanzas del año 1887 el Dr. de Pena incluye una
serie de temas que guardan una estrecha relación con los postulados de George”.[1]
Por su parte Manuel Herrera y Reissig
publica en la prensa todo el problema de Inglaterra sobre este tema, pero
establece que ya Andrés Lamas consideraba el mismo con preocupación: “...Lamas, como George, veía que el aumento
incesante de la renta económica, como consecuencia del crecimiento de la
población y demás factores que impulsaban el desenvolvimiento progresivo de la
Sociedad, obrará a la manera de un drenaje creciente ejercido sobre el capital
y el trabajo de cada localidad, que a la larga debe producir, y produce
fatalmente, un desarrollo constante y cada vez mayor, en la distribución de la
riqueza -siendo éste la causa única de todas las perturbaciones y males que
aquejan a las sociedades.
Estos
males, dice Lamas, tienen su causa originaria en la apropiación individual del
suelo, que es el vicio orgánico, el germen mórbido que llevan en su seno los
países de Europa, organizándose sobre esa base...
...decía
Lamas, es seguir el ejemplo de Australia y Nueva Zelandia, es prohibir en
adelante la venta de la tierra pública y concederla en enfiteusis, a plazos
largos e incesantemente renovables, inaugurando así un sistema que suprime
todos los inconveniente de la propiedad perpetua, conservando sus ventajas, y
estableciendo el impuesto único sobre el valor de toda la tierra y acompañar
esta reforma, paralelamente, con la supresión de toda esa variedad de impuestos
que son acompañados de tantas vejaciones y de tantos desperdicios de fuerza
social”.[2]
Los proyectos propuestos no pueden ser
considerados como georgismo puro, Batlle mismo recalcó que lo que buscaba era
adaptar dicha teoría a las condiciones particulares existentes en el Uruguay.
En primer lugar, deseaba introducir otros impuestos además de los impuestos a
la tierra, y en segundo término quería que los impuestos sobre la propiedad
fueran progresivos y no proporcionales como preconizaba George. Recordemos que
Gabriel Terra será el autor del impuesto progresivo sobre la herencia durante
la primera presidencia de Batlle.
En la obra
Sobre la propiedad de la tierra de Carlos Vaz Ferreira, podemos ver el tratamiento que hace el autor
sobre el georgismo.
Carlos Vaz Ferreira
1872-1958
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“Y bien, dice George: el error fundamental
sería el de considerar la tierra como propiedad privada. La propiedad privada
es esencialmente legítima, la más legítima y la más justa de las instituciones:
representa la consagración del derecho de disponer de lo que es producto de
nuestro trabajo, de nuestra actividad, de nuestro esfuerzo. La propiedad
privada es en sí legítima; pero la tierra no es, por su naturaleza, un sujeto
de propiedad privada. La tierra difiere en todo de los objetos naturales de la
propiedad privada. Estos son hechos por los hombres; la tierra, por el Hacedor.
Estos son ilimitados, no tiene más limitación que las posibilidades prácticas de fabricarlos; la tierra es limitada.
Los objetos se crean y se consumen o desaparecen con el tiempo; la tierra
estaba y estará y persiste en el vaivén de las generaciones. Y, en el vaivén de
las generaciones, el planeta es y debe ser de los que están en él en un momento
dado.
Y en
un momento dado todos los que están sobre la tierra tienen sobre ella un
derecho igual. ¿Por qué? Porque la tierra es un medio natural, como lo son el
agua y el aire. Así como por su constitución el hombre necesita respirar, así
también, por su constitución, necesita esencialmente del medio natural tierra.
El hombre es un animal terrestre: en la tierra ha de vivir, y de la tierra ha
de sacar su alimento; de la tierra se fabrican, directa o indirectamente, todas
las formas de riqueza. Ahora bien: la propiedad, el derecho de disponibilidad,
debe aplicarse a lo que se saca de la tierra, no a la tierra misma. El que saca
del agua un pez, es dueño del pez; pero no del océano, ni de un pedazo del
océano. El que instala un molino y trabaja con él, es dueño del molino y de la
harina que produce; pero no del viento. El que hace producir cereales a la
tierra, es dueño del grano; pero no de la tierra de donde lo saca...
...La
verdadera solución sería, entonces, sustraer a la propiedad privada lo que no
es, ni debe, ni puede ser de propiedad privada.
De
modo que, siendo la tierra de todos, lo que correspondería teóricamente, sería
que la tomara el Estado, y la administrara (por ejemplo, arrendándola). Tal
sería la solución teórica. Pero no es eso lo más práctico, ni lo más hacedero,
ni lo más sencillo. En lugar de esa solución que sería la justa teóricamente,
hay dentro de la doctrina, un sustitutivo; y aquí entramos al georgismo
práctico.
El
sustitutivo sería: en lugar de tomar la tierra, tomar su renta, total o casi
totalmente. Extraer la renta por un impuesto. Dejar la tierra en posesión
privada; pero extraer la renta por medio de un impuesto sobre ella, que sería
impuesto único, y que produciría, según George, dos grandes categorías de
bienes.
Por
un lado, utilizar en provecho, en provecho general, lo que es de la sociedad.
Y,
por otro, liberar al trabajo y al capital de todas las otras categorías de
impuestos, que, constituyendo trabas o dificultades para el trabajo o para su
constitución en capital, son globalmente malos.
Hay
que comprender bien lo que se entiende por “renta” en estos casos.
La
renta es aquella parte del producto de la tierra que resulta, no de los hechos
de su propietario, sino del hecho social. Si un terreno da más que otro porque su propietario
trabaja en él, esto no es renta en nuestro sentido técnico: la renta que debe
extraerse, la renta que debe volver al dominio común, es según estas doctrinas,
la que resulta del hecho social. Progresa un país porque trabajan todos o
muchos de sus habitantes, y el valor de la tierra sube: sube lo mismo para el
que trabaja, como para el que no trabaja (caso del propietario territorial que
pasará su vida en el lecho mientras sus tierras suben de precio)...
Se
combatirían así dos enemigos de la civilización moderna: la ciudad monstruosa,
la “ville tentaculaire” de Veraheren, y el latifundio, las grandes extensiones
despobladas o mal pobladas a consecuencia del acaparamiento por los
propietarios individuales...”.[3]
Igual que en otros temas, Batlle contó con
aliados muy destacados para defender sus ideas. Veamos algunos casos.
Los impuestos al consumo que pagaban las
clases populares no debían ser la gran fuente de recursos del Estado. Por el
contrario, la intención del batllismo es gravar a los grupos sociales
privilegiados, destacándose entre ellos a los
propietarios rurales.
El Ministro de Hacienda, José Serrato, trabajará para lograr una
redistribución más justa para toda la sociedad.
“...la
mejora de las vías de comunicación, la seguridad personal y los demás elementos
de progreso de un pueblo, es lo que constituye en primer término la
valorización de la tierra. Justo es, por consiguiente, que aquellos que reciben
mayores ventajas de ese esfuerzo colosal, es decir que aquellos que poseen
grandes extensiones de terreno, donde a veces no se ve ni vestigios de vida
humana, sean los que en mayor proporción contribuyan a los gastos del Estado...
Voy más adelante en mis aspiraciones de mejoramiento social. Entiendo que el
principio progresivo, la más grande y hermosa conquista tributaria, debe ser
aplicada con más extensión entre nosotros... ese... principio se tendrá que
establecer para acentuar la contribución territorial... El impuesto sobre la
renta no es, en mi concepto, factible por el momento entre nosotros; pero lo es
el de la graduación progresiva sobre la tierra, fuente originaria de toda
riqueza…”.[4]
Es importante ver que este planteo del
batllismo tuvo su respuesta desde tiendas católicas, es así que Juan Zorrilla de San Martín y Raúl Montero Bustamante escriben
artículos al respecto en los que, este último establecía: “...el Ministro no está solo. El espíritu de George preside en estos
momentos la acción oscura de un grupo de hombres de buena voluntad que han
creído ver en la doctrina del maestro el ideal social contemporáneo. La escuela
todos los días gana nuevos adeptos... La acción ministerial es un primer
triunfo…”.[5]
Por su parte Batlle creía: “...de acuerdo con George que la sociedad, no
el individuo, era responsable de la elevación del valor de la tierra, y que el
poder impositivo debía utilizarse para obligar al uso productivo de la tierra”.[6]
Para Zorrilla de San Martín en el decreto
del 29 de marzo de 1905, realizado por Batlle y Serrato, se reflejaba la
presencia georgista.
Con el tiempo, el batllismo mantendrá su
postura recordando la transcripción hecha por Zorrilla de San Martín de un fragmento
de la obra de George.
Juan Zorrilla de San Martín
1855-1931
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“El
valor de la tierra -dice George- no expresa la recompensación de la producción,
como el valor de la cosecha, del ganado, de los edificios o de cualquier otra
de las cosas que se llaman bienes muebles y mejoradas: expresa el valor del
monopolio. En ningún caso lo crea la persona que posee la tierra; lo crea el
progreso del país. Por eso, el pueblo tiene derecho a tomarlo enteramente, sin
disminuir en modo alguno el incremento a las mejores, ni mermar en lo más
mínimo la producción de riqueza. Se pueden establecer impuestos sobre el valor
de la tierra, hasta que toda la renta sea tomada por el Estado, sin aumentar el
precio de ninguna mercancía, ni hacer la producción de ninguna manera más
difícil. Hay más aún. El impuesto sobre el valor de la tierra no solamente no
frena la producción, como lo hacen la mayor parte de los demás impuestos, sino
que tiende a aumentarla por la destrucción de la renta especulativa”.[7]
Julio María Sosa
1879-1931
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Por su parte Julio
María Sosa también enarbola la bandera georgista: “La tierra acaparada por unos pocos que arrojan de ella a los más, se
convierte en sostenedora de parásitos, por medio de la renta; parásitos que
hacen al organismo político-social lo que la trichina al organismo humano:
roerle las entrañas ... La renta de la tierra que va creciendo a medida que se
condensa la colmena humana, entra como una cuña entre el capital y el trabajo, disminuyendo el beneficio de
aquél, que se retrae, bajando el salario de éste que se aniquila. La renta de
la tierra separa al capitalismo del obrero, poniéndolos frente a frente en
lucha despiadada; aquél se resiste a pagar más de lo estrictamente necesario
para que el obrero no muera, pues si da más sus capitales no producen, y el
obrero pide más, porque se revuelca en la miseria con sus hijos, siéndole insoportable
la vida... Matar la hiedra de la discordia, es decir la renta de la tierra,
por medio de impuesto progresivo y continuo, de manera que el Estado viva y
ahorre, para devolver lo que sobre de ese solo impuesto, haciendo desaparecer
todos los demás. Este impuesto único destruirá los latifundios entregando la
tierra a todas las actividades humanas”.[8]
Se ve en Sosa a un ferviente partidario
del georgismo, postulando y promoviendo la creación de un impuesto progresivo
y gradual a través del cual el estado lograría instrumentar una justa
distribución de las tierras.
“Es
necesario que el Estado, representante de la sociedad, pues es una síntesis y
en él descansan sus derechos, tome la iniciativa, y por una ley sabia y única
recupere para esa sociedad lo que se le ha quitado, trayendo sin miedos, pero
paulatinamente, la verdadera y justa distribución de la riqueza, dejando a
todos la mayor libertad en sus iniciativas y gozando del honrado fruto del
trabajo... La solución que pregonamos es el impuesto progresivo gradual y
continuo sobre el valor de la tierra, impuesto que llenará todas nuestra necesidades
sociales, aminorará sus gastos actuales, y dará un sobrante enorme para ayudar
a esa misma tierra, obligándola a producir tanto como crezcan las
necesidades... todas coadyuvarán al mismo fin y unidos capital y trabajo, se afanarán porque la
producción se eleve, pues, cuando más se obtenga, más interés tendrán el
capital, más alto será el salario... pues el rico, si quiere conservar su
capital, tendrá que trabajar y preocuparse por el bienestar general, no como
actualmente, que las grandes fortunas de los que nada producen pero consumen,
crecen cuanto más catástrofes afligen a la humanidad…”.[9]
De esta manera los grandes propietarios de
tierras; “...no podrán resistir ese
impuesto, que les absorberá toda la renta, cuanto más tierra tenga, viéndose en
la necesidad imprescindible de vender parte de sus latifundios, empleando el
capital adquirido de esa manera en mejorar sus predios restantes, haciéndolos
más productivos, de modo que el interés que antes sacaban como renta de las
grandes extensiones acaparadas, en insaciable avaricia tratarán de sacarlo de
las que les quedan. Los que a ellos les compren harán lo mismo a su vez, y
véase cómo, sin discursos, sin congresos, sin exposiciones, se formarán en
nuestro país, las industrias intensivas, que acapararán grandes cantidades de
familias laboriosas”.[10]
Debemos de recordar que entre 1905 y 1906
se registra el segundo gran avance reformista en materia de Contribución Inmobiliaria. Desde las
columnas de El Día se difundirán
tales ideas.
En un primer momento se pretendía que se pagase el impuesto sobre el valor real
de las propiedades, debido a que los
propietarios rurales desde hacía tiempo estaban pagando mucho menos
impuestos de lo que en realidad debían
de abonar. La Comisión de Hacienda, conjuntamente con el Ministro respectivo
llegaron a la siguiente solución; “...que
los aumentos de los nuevos aforos nunca
pasasen del cincuenta por ciento, alegándose que resultaba un poco violento
imponerle a un contribuyente que de un año para otro duplicara su cuota...
Conviene
advertir que el aumento de los aforos de los campos no responde a ningún plan
arbitrario, sino a un trabajo paciente y concienzudo realizado por el señor
Senén Rodríguez, competente técnico del Departamento de Ingenieros, que tiene
una práctica especial para la tarea de tasar propiedades... formuló promedios
que han servido de base para el aforo, previa una deducción del diez por
ciento. El procedimiento, pues, si no es el estrictamente científico, -ya que
ese sólo se podría obtener con la tasación individual de cada propiedad, o sea
con el catastro-, se aproxima bastante a la realidad”.[11]
Se buscaba con lo recaudado del aumento de
dicho impuesto volcarlo para el incremento de las asignaciones de los
funcionarios meritorios, que ganaban remuneraciones mezquinas, o de ciertos
maestros, e incrementar el número de policía tanto en la capital como en la
campaña.
La insistencia sobre este tema por parte
del batllismo no era capricho, sino simple justicia: “No hay que olvidar aunque ya se haya dicho muchas veces, que la nueva
ley de Contribución Inmobiliaria no solo encierra una cuestión de interés
fiscal, sino que encierra también una doble cuestión de justicia. Es justa
porque tiende a que el impuesto inmobiliario se pague sobre lo que realmente se
tiene y de una manera uniforme en todo el territorio de la República,
concluyendo con las irritantes anomalías de que unos paguen el dos por mil cuando otros pagan el seis y
hasta más de seis; y es justo también porque el importe del aumento que recarga
de una manera poco sensible a un sinnúmero de personas más o menos pudientes,
está destinado íntegramente a la supresión de los descuentos del 10 y del 5 por
ciento sobre los sueldos de los pequeños empleados, gabela enorme que si han
podido justificar las angustias económicas que ha sufrido el país, se impone
levantar dentro del más corto término, empezando por aquellos a quienes una
estrecha asignación les hace más difícil atender a las necesidades más
primordiales de la vida”.[12] También en la presidencia de Williman se
sigue esta temática. Se ve en la propiedad una idea social: “A la idea de la propiedad individualista, se
ha sustituido ya en el hecho por la idea social de la propiedad, la idea social
que hace que el individuo tenga en la sociedad moderna, no la libertad como
derecho, sino la libertad como función, para llenar una misión, un fin más o
menos importante en la vida... Y que la propiedad también ha sufrido restricciones,
la va a ver enseguida la Cámara. ¿Fundado en qué principio individualista de la
propiedad sería posible imponer con una contribución diferencial superior a un
terreno baldío dentro de la ciudad de Montevideo? ...Es fundado en la idea
social de la propiedad, que el Estado obligó al pago de una contribución mayor,
a veces aparentemente injusta y violenta, para obtener que ese baldío
desaparezca”.[13]
El Poder Ejecutivo nuevamente en 1911
enviará a la Asamblea General un proyecto relativo a la contribución
inmobiliaria para los departamentos de la campaña, el cual tiene importantes
modificaciones respecto a su anterior proyecto. Se imponía la adopción de una
fórmula que diese una mejor
instrumentación de ese impuesto a la proporción de los valores actuales.
De la información que brindó la Dirección de Avaluaciones, se proponía
el establecimiento de un solo impuesto de los tres que regían en ese momento.
Ellos eran el 6 y medio por mil de contribución general, 1/2 por mil para
servicio del empréstito de vialidad y obras públicas y 1/2 por mil para fondo
de defensa agrícola.
Para estas propiedades rurales se
dispondría la aplicación de un único impuesto de 7 y medio por mil solamente
sobre el capital-tierra, y sobre aforos por zonas en las cuales se fijaran como
valores para calcular la contribución los que resultan del promedio de ventas
de los años 1906-1910, reducidos en un 40%.
En síntesis los aforos resultantes
representan el 40% del valor que se cotizan los respectivos campos en 1911. Del
aforo que se estaba aplicando, el máximo es de $ 18.00 y el mínimo de $ 5.50.
El término medio del aforo proyectado puede fijarse en 13 y los valores reales
son: máximo 70 y mínimo 20 por hectárea.
En reportaje realizado por El Día al nuevo representante el Dr.
Simón, éste establecía: “...Pienso que se
debe ir aplicando gradualmente la teoría de Stuart Mill, según la cual, como
saben muchos, la valorización de la propiedad raíz, cuando no es consecuencia
del esfuerzo del propietario, debe quedar a beneficio de la sociedad.
...También
creo que conviene acentuar el impuesto progresivo sobre las herencias y otras
formas del capital, a fin de contenerlo a esto en un límite razonable.
Desaparecería,
en gran parte, esa enorme diferencia de medios de lucha que da lugar a que
vivan miserablemente muchos hombres aptos, y en la más irritante opulencia
otros que no sirven para nada”.[14]
En el mes de junio la Convención del Partido Colorado aborda el tema de la propiedad,
siendo discutido largamente. Varios son los convencionales que participan en
la misma. Batlle reconocía que en la propiedad hay muchas partes que no
pertenecen precisamente al dueño, reconociendo además que la misma ha sido
primitivamente de la sociedad y debe volver a ella. Para ello se debía de
instrumentar un impuesto, el que se aplicaría de forma progresiva, a la
propiedad, con lo cual nadie se vería perjudicado.
Ya el Estado o la Sociedad se ha hecho
dueña de la tierra, debido a la contribución directa, considerándose como un
arrendamiento que todo aquel que posee tierras paga al Estado.
Por lo cual el Estado sería entonces “...un propietario muy condescendiente, muy
benévolo, poco cuidadoso de sus intereses, que cobraría muy poca cosa por sus
propiedades; y la tendencia de lo que yo
propongo es que, poco a poco, sin sacrificar a nadie, -porque hay muchos que han comprado esas propiedades
a alto precio, precisamente porque el arrendamiento que por ellas cobra el
Estado no es alto- que poco a poco, sin perjudicar a nadie, el Estado fuese
subiendo el valor del arrendamiento.
Cuando
llegue el día en que el Estado cobre el arrendamiento que tenga interés en
pagar todo el que necesita una porción de tierra, se podrá decir que la
Sociedad, el Estado se habrá hecho dueño de la propiedad.
Esta
evolución a mí me parece que puede producirse sin grandes transformaciones y
sin perjudicar mucho a nadie.
No
creo que tampoco sean necesarios muchos años, porque la propiedad territorial
se puede seguir grabando cada vez más en
razón de que el Estado puede exigir contribuciones de los miembros de la
sociedad y hacer pesar esas contribuciones sobre los objetos que él crea que
es más conveniente gravar.
Poco
a poco, la propiedad llegará a ser del Estado y los propietarios en el
transcurso de los años -no sé cuántos, 25, 30 o 50 años- se irán arreglando,
pasando sus propiedades a otras manos,
disminuyendo un poco el precio para hacer la venta y sin perder mucho...”.[15]
Dentro de la Convención no había una postura
homogénea referente a la implementación del georgismo, pero Batlle
constantemente intervendrá para aclarar y profundizar su pensamiento: “Para George una de las ventajas, la gran
ventaja de la expropiación de la tierra debía consistir en que todo el mayor
valor de la tierra pertenecería en lo sucesivo a la Sociedad o al Estado y no a
los particulares.
En
su concepto lo que hace la enorme división que existe en el seno de las
sociedades entre la riqueza y la miseria, es la propiedad. Los que la tienen
van enriqueciéndose constantemente, o los que tienen el medio de adquirirla
van enriqueciéndose constantemente, porque a medida que la tierra se puebla o
que
se puebla un país, la propiedad es más
necesaria. De eso resulta que valga más; y ese mayor valor de la propiedad, en
lugar de pertenecer a la Comunidad, a la Sociedad, pertenece a un pequeño grupo
en relación a los demás pobladores del país, a un pequeño grupo de propietarios
que se enriquecen enormemente, mientras que los que no tienen propiedad tienen
que pagar cada vez más para servirse de ella”.[16]
En la última Convención de julio de 1925
Batlle dejará asentada cuál es la tesis de George: “La tierra tiene que seguir la ley de todas las cosas, de todos los
objetos que tienen un valor; a medida
que es más necesaria y más escasa vale más; y, cuando la tierra aumenta de valor, aumenta por un lado la riqueza, si
el régimen económico de la sociedad no ha variado, y, por otro, la miseria,
porque se ofrecerá a precios mucho más altos al trabajo sin que aumente el
valor de los productos de éste. Tal es la tesis de Henry George.
Pero
yo no había propuesto que se aplicase el impuesto a la tierra, por ser un
agente natural de producción, sino porque la tierra pertenece a todos los que
viven en ella, y porque cuando alguien la usa, no pagando por ese servicio que
ella le presta lo que debe pagar, usa una cosa de los demás perjudicándolos”.[17]
La aspiración del batllismo referente a
este tema la podemos sintetizar de la siguiente manera: “El derecho de propiedad de la tierra debe sufrir limitaciones, en bien
de la comunidad.
Son
pocos ya los que sostienen a este respecto el concepto amplio y sin trabas del
dominio. El derecho de gozar y disponer libremente de la tierra está
subordinado al buen uso que de ella se haga.
...La
tierra es un agente natural indispensable para la vida del hombre. Y ella se
encuentra repartida en el mundo en cantidad limitada. Así, si un propietario
abandonado y negligente, no se preocupa de explotar su predio agrícola y lo
conserva rústico o si en un ambiente poblado, el dueño de un terreno baldío lo
deja improductivo, ese hombre abusa de su derecho y priva a la sociedad de los
frutos que pudieran brindar esas tierras bien administradas.
...El
hombre forma parte de la colectividad y sus actitudes repercuten sobre los
demás...
Y el
Estado que vela por el desenvolvimiento de los valores nacionales y por
consiguiente el bienestar del mayor número, no puede permanecer cruzado de
brazos, frente a los hombres ociosos que malgastan su riqueza, porque la
conducta estéril de estas personas proyecta sombras sobre la economía nacional.
La
nueva Constitución alemana consagra, así, un principio que debió parecer
revolucionario hace pocos años y que hoy, sin embargo, no levanta suspicacias
ni resistencias. “La propiedad obliga;
su uso tiene que ser al mismo tiempo servicio de bien común”. Esta declaración
constituye la suprema conquista del derecho social.
Ya
no prima, pues, el concepto de la propiedad absoluta e inviolable. Una nueva
comprensión abre camino a los juristas, después de tantísimos años de
experiencia. Una claridad radiante y no sospechada ilumina el campo de las
leyes modernas. Se transforman las ideas antiguas y se levantan espléndidos
conceptos.
...El
derecho de propiedad se abate ante el interés colectivo. Ya antes, se reconocía
a favor del Estado el derecho de explotación por causa de utilidad pública. Y
bien: la utilidad pública debe tener un alcance extraordinario. Debe llegar
hasta despojar al propietario de tierras que no aporta un concurso eficiente al
progreso del país.
Y
los Poderes Públicos tienen un excelente medio para repartir la tierra entre
los hombres sanos y trabajadores. Todo, sin lesionar derechos sin despojar a
nadie de facultades. Puede el Estado cobrar o expropiar tierras para
constituir un dominio territorial considerable. Y esas tierras fiscales serían
luego dadas en enfiteusis, a plazos muy extensos, a todos los hombres de
aptitudes y buena voluntad que quieran explotarlas.
Si
esta política hace camino en el porvenir, el lote de nuestras tierras públicas
será inmenso. El Estado, que es el propietario de la Nación, será el único
administrador de esas grandes superficies. Pero la explotación correrá por
cuenta de los arrendatarios, y éstos gozarán de esa tierra durante toda su
vida, alcanzando los beneficios del contrato también a los hijos... Pero con
una condición, sin embargo: que la tierra se explote bien; que no se abandone,
que se realice en ella un esfuerzo intensivo, bajo la dirección de los técnicos
oficiales que darán a los agricultores los mejores consejos para la obtención
de mayores beneficios económicos. Porque si fracasara el arrendatario, por su
negligencia o falta de comprensión, el Estado anulará el contrato y entregará
esas tierras a personas más diligentes y aptas.
Tal
es la aspiración del Partido Batllista, que está consagrada en nuestro programa
de principios, y que llevaremos muy pronto a los debates del Parlamento
Nacional”.[18]
[1] Fernández Prando, Federico- Op. Cit.
1991. pág. 61.
[2] Herrera y Reissig, Manuel- El impuesto territorial y la reforma
tributaria en Inglaterra. Montevideo. 1913. págs. 181-188.
[3] Vaz Ferreira, Carlos- Sobre la propiedad de la tierra.
Montevideo. 1963. págs. 234-302.
[4] Memorias del Ministro de Hacienda. José Serrato. Montevideo. 1904. págs.
28-29.
[5] Las ideas económicas del Ministro de
Hacienda. El Bien Público. Abril,
9 de 1905.
[7]
Zubillaga, Carlos - Cayota, Mario- Cristianismo y cambio social en el Uruguay
de la modernización. (1896-1919). Montevideo. 1988. Pág. 131.
[8] El problema nacional. El Diario. Julio, 4 de 1905.
[9] Sobre la senda... II. El Diario. Julio, 26 de 1905.
[10] Sobre la senda... III. El Diario. Julio, 29 de 1905.
[11] Contribución Inmobiliaria. Justicia y
Moderación. El Día. Diciembre, 13
de 1905.
[12] Sobre contribución inmobiliaria. Algunas
consideraciones. El Día.
Diciembre, 27 de 1905.
[13] D.S.C.R. Tomo 212. Setiembre, 7 de
1911. pág. 220.
[14] Los nuevos representantes del partido. Su
acción en la futura Cámara. Reportaje al doctor Simón. El Día. Diciembre, 5 de 1913.
[15] Partido Colorado. Convención del Partido.
El Día. Julio, 2 de 1925.
[16] Convención del Partido Colorado. El Día. Agosto, 10 de 1925.
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