domingo, 8 de marzo de 2015

EL MODELO POLITICO (II)

B - EL MODELO POLITICO
T
odo régimen político no solamente debe tratar de fortalecer sus bases sociales de apoyo, sino que también debe producir cambios en su aparato institucional dirigido a aumentar el grado de congruencia entre ese aparato insti­tucional y el proyecto político de turno.

Por otra parte modernizar el Estado es fortalecer la capacidad de gobernabilidad de la sociedad.

En el orden político la situación a lo largo del siglo XIX fue bastante irregular, los partidos como tales no existían, eran más bien facciones, movimientos donde en su mayoría predominaba lo emocional sobre lo racional. Esta situación en un gran porcentaje fue el motivo de las re­vueltas que sufrió nuestro país en ese lapso.

Parecen renacer después del militarismo nuevos impul­sos, que apuntan a una organización más estable, debido a la necesidad de competir en las contiendas electorales.

Es en este ambiente que los partidos tradicionales realizan su campaña por la reorganización, desechando los intentos de nuevos y pequeños partidos. ¿Por qué esto? Porque son ellos los que se reparten los elementos popula­res que constituyen la base de nuestra nacionalidad.

Se debía tener un equilibrio entre lo pasional y lo racional, el país requería una organización política inter­na regular, cuyas ventajas no tardarían en ser palpables. Ese esfuerzo debía estar por encima de todos los partidos, esperándose concluyera con su regeneración moral y políti­ca.

Federico Acosta y Lara veía al Partido Colorado como un factor poderoso en la socialización uruguaya, la cual está estrechamente ligada a la vitalidad de la República.[1] Creemos que no sólo el Partido Colorado cumplía esa fun­ción, es importante el papel que juego el Partido Nacional en la campaña.

La lucha armada debía de dejarse de lado como medio de llegar al poder, para ello era fundamental regular las instituciones, la libertad y la legalidad del sufragio, sobre la cual reposarían todos los derechos, sociales y políticos.

No sólo el sufragio debe de estar presente, a éste lo deben de acompañar tanto el derecho de reunión como el de libertad de palabra para, juntos, hacer que el pueblo sea efectivamente soberano.



1 - La Coparticipación
Otra constante de nuestra historia política, no sólo del pasado sino del presente, es el acuerdo de los parti­dos, siendo en aquellos momentos tan solo soluciones tran­sitorias, y de corto aliento.

Esta actitud la conocemos con el nombre de coparticipa­ción, medida por la cual se incorpora de una manera "ile­gal" a la oposición al gobierno.

Determinando que cada partido asumía una óptica del concepto de gobierno, el país tenía aún muy frescos los días del militarismo, por lo cual se asumía que los gobier­nos no debían nacer de la imposición más o menos velada del gobernante de turno.

La doctrina de la política de coparticipación o nacio­nal fue un invento feliz ideado con el fin de combatir la influencia de los partidos tradicionales.

Los partidos de oposición se vieron fraccionados por disensiones internas y divididos en bandos que se disputa­ban la benevolencia de los gobiernos y compartían las responsabilidades de sus actos alternativamente.

El partido gobernante se ve imposibilitado de llevar adelante sus ideas, y la oposición pasa a la categoría de partidos auxiliares de los que gobiernan.

El gobierno de partido se concebía en aquellos pueblos, en los cuales está consagrado por hábitos corrientes, el cambio, la rotación pacífica de los partidos en el  poder. Hasta ahora la rotación en nuestro país había sido a través de la violencia.

La coparticipación se impuso  como una necesidad en la  administración de Cuestas, compromiso contraído no sólo por él  sino también por varios integrantes de los partidos políticos. El acuerdo entre los partidos a  veces constitu­ye una  necesidad, como lo fue en 1897, como medio de afianzar la paz y el gobierno.

El gobierno de partido, legalmente ejercido, es una garantía para el  derecho de todos los ciudadanos, obte­niendo cada uno sus posiciones políticas por los medios legales del sufragio popular, y el gobernante que surja de unas cámaras esencialmente libres, no se tendrá que sujetar a otro compromiso que el de respetar las instituciones de su partido que son los intérpretes de las ideas que repre­senta y que deben caracterizar su acción efectiva en  la dirección de los asuntos comunes.

La guerra civil será entonces imposible porque los derechos de los partidos políticos se definirán en las urnas electorales con la eficiencia decisiva  del  voto popular.

Previo a ello era necesario que todos los ciudadanos se inscribieran en el Registro Cívico, campaña que todos los partidos y la prensa impulsaban, incluido hasta el propio Partido Constitucional.



El 4 de abril de 1900 El Siglo publica el informe político de la Comisión del Partido Constitucional: "Si la vida es malicia, como dice un libro que contiene sabias enseñanzas, la vida democrática es malicia en perenne, perpetua actividad, desde que es el pueblo gobernándose a sí mismo por medio de mandatarios temporales, amovibles, dentro de los términos fijados por la Constitución y las leyes.

Es de la delegación de la soberanía nacional que surgen los tres altos poderes del Estado: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, o sea, el que expresa la voluntad nacional, la acción o ejecución soberana, y la aplicación de la ley a los intereses o derechos en conflicto. Y es del acierto, del patriotismo con que se procede a la designa­ción, a la elección de los delegados del pueblo, que depen­de el tener gobernantes morales, ilustrados, progresistas o mandones arbitrarios, retardatarios y rapaces...

El ejercicio del sufragio libre, que es el derecho nacional de la democracia es pues, al mismo tiempo, el más alto anhelo del ciudadano. Deber cívico, cuya falta no tiene sanción penal positiva, pero que cae bajo la sanción moral de la opinión, que siempre ha juzgado malos ciudada­nos a los que indiferentes a la vida pública, a sus nobles agitaciones, a sus ambiciones generosas, a sus luchas, peligros y sacrificios, se encierran en un egoísmo inexcu­sable.

La ciudadanía es función activa y social y debe ejer­cerse siempre que causas gravísimas,  como la violencia con armas superiores o el fraude oficial imprudente e impune, hagan forzosa la abstención y la protesta cívica.

Pero la ciudadanía tiene formas legales para poder ejercitarse en las urnas y una de ellas es la inscripción en los Registros Cívicos".[2]

Los partidos se constituyen en dos fuerzas de acción, con posiciones y escenarios perfectamente circunscriptos y definidos: "El Partido del Poder entra a ejercer el gobier­no del Estado. El Partido fuera del Poder, hace la censura, la oposición. En buena política -estas dos fuerzas así empleadas- aseguran la paz pública y cada una en su esfera de movimiento tendiente a hacer práctico y regular el juego complejo de las instituciones".[3]

2 - El Viraje
Podrá parecer que Batlle cae en una gran contradicción atacando, ahora que es presidente de la República, la coparticipación, cuando aceptó en el período de Cuestas la conformación de listas mixtas para el Consejo de Estado, y por otro lado  su elección para la presidencia del Senado  contó con el respaldo de todos los partidos.

La decisión de ruptura está dada en 1901, cuando se elige a Juan Carlos Blanco presidente del Senado. Batlle entonces deja de lado la coparticipación al ver que el compromiso de años anteriores estaba roto,  quedando libre y sin obligación para respetarlo.



Ese año registró un importante cambio en la situación política, la que desde las columnas de El Día se hace más punzante al continuar la prédica de la política de partido: "¿Para qué existen los partidos sino para hacer política?

La inacción de una de las dos grandes agrupaciones políticas ante el avance continuo de la otra, no era la tranquilidad, o era en todo caso la que precede a las tormentas.

El Partido Colorado, hasta hace poco confió en la prolongación  de  la tregua que con el  Nacional  pactó  en 1898.

Su comisión directiva, previa  una exploración extra­oficial, propuso la renovación del acuerdo para las elec­ciones senatoriales; la Asamblea Nacional de la Florida rechazó la propuesta.

O en este país dos y dos son cuatro, o eso fue senci­llamente, por parte de los nacionalistas, adoptar resuelta­mente la política de partido".[4]

En este debate también participará Julio María Sosa: "...La política nacional ha sido practicada por el Partido Colorado, como un medio de dar intervención en la gestión de la cosa pública, a los adversarios, desde que éstos no se hallaban en el caso de luchar para obtener ventajas por sí mismos... El acuerdo de los partidos es cierto que a veces constituye una necesidad, y tal fue en 1897, como medio de afianzar la paz y la tranquilidad de la República. Pero es indudable también que si intereses generales de un momento histórico exigen la realización de acuerdos parti­darios, no es menos indudable que ellos deben caducar cuando la anormalidad de las circunstancias desaparece y el orden regular se renueva...

En cambio, el Gobierno de Partido, lealmente ejercido, es una garantía para el derecho de todos los ciudadanos. Cada uno obtendrá sus posiciones políticas por los medios legales del sufragio popular, y el gobernante que surja de unas cámaras esencialmente libres, no se tendrá que sujetar a otro compromiso que el de respetar las instituciones y las leyes, y se rodeará de los hombres de su partido que son los interpretes de las ideas que representa y que deben caracterizar su acción efectiva en la dirección de los asuntos comunes. La guerra civil será entonces imposible porque los derechos de los partidos políticos se definirán en las urnas electorales con la eficiencia del voto popu­lar".[5]

Cada vez más se afirma la necesidad del gobierno de partido, como una forma de poder controlar más la adminis­tración de la cosa pública, de esa manera los errores le corresponderán a uno solo y se tendrá plena certeza a la hora de exigir responsabilidades. "El jefe del estado debe velar por el cumplimiento de la Constitución, obligar a sus ministros a que hagan administración de honradez y garan­tías; propender a que haya libertad de sufragio y que el partido político que en la lucha electoral haya conseguido mayoría, para formar la Asamblea legislativa y electora de Presidente de la República, pueda libremente elegir a uno de sus miembros para jefe de la Nación.



Esto es lo que hace todos los países civilizados del mundo y es lo que yo creo que constituye la verdadera democracia.

Además un partido que asume la dirección del gobierno, carga con todas las responsabilidades de sus actos; ¿y cómo puede responsabilizarse un partido por una administración si su adversario colabora en ella? Si los errores de esa administración son cometidos por el colaborador, ¿puede éste o nadie responsabilizar al partido dominante?

Yo creo que hay conveniencia en la existencia de los partidos, se necesita que todo partido que gobierne tenga oposición para estimularlo.

El jefe del Estado debe ser el juez ante esos partidos".[6]

Se llega a una solución, cambiándose los términos, Martín C. Martínez en los hechos establece: "Coalición sería siempre, y no gobierno de un solo partido, la que vendría a gobernar el país, y por eso ya se ve que tales coaliciones  no pueden, ser ningún hecho extraordinario -ni ellas ni el pacto que los establezca y prefije sus  condi­ciones- para que se las anatematice por unos como subversi­vas de todo principio de buen gobierno, y por otros como subversivas de los principios institucionales.

Nada más frecuente en la política contemporánea que la existencia de gobiernos de coalición o concentración, como los llaman los franceses. ¿No tenemos hoy el ejemplo de esta gran república, el de Chile, en la América del Sur, gobernados por coaliciones, poco estables a fe? No gobier­nan allí ministerios en que figuran hombres afiliados a distintos partidos, mucho más divididos por sus doctrinas que los blancos y los colorados, conformes en cuanto pro­blema económico, social o político hay que resolver y siendo separados por tradiciones históricas?

Se exagera mucho la universalidad del gobierno de partido, -aun en el supuesto de que no lo sea el gobierno de una coalición como la que se ha apoyado el señor Cues­tas...

En los demás países, que no se contentan con un par de grandes partidos sólidamente organizados, donde existen muchos partidos o matices de éstos, como en Francia en Chile, aun en los Estados Unidos, la necesidad del gobierno imponen el buscar alianzas, el hacerse concesiones recípro­cas para triunfar, para hacer prevalecer tal propósito en las elecciones, en el seno del parlamento, en la adminis­tración misma; y  entonces se forman y perduran más o menos los gobiernos de coalición de partidos, y es frecuente que a una coalición suceda otra y otra".[7]



Es a principios de 1902 cuando Batlle deja ver cómo debe de ser la relación de los partidos: "Las naciones que han llegado a una altura mayor en el perfeccionamiento de sus instituciones  y en la práctica de ellas, no han unifi­cado así sus fuerzas. Las han agrupado y dividido, princi­palmente, entre dos partidos contrarios, correspondientes a las dos tendencias, opuestas pero armónicas, al orden y al progreso, que informan toda actividad política, y de la oposición y el choque permanente de estos partidos, de la exposición de sus ideas, de su crítica, de los esfuerzos hechos en pro y en contra de esas ideas, resulta una sínte­sis superior, la dirección política nacional. Y todavía esas mismas colectividades se subdividen en fracciones originadas por modalidades distintas que se esfuerzan por prevalecer, que determinan otra lucha secundaria.

La tesis de que la marcha de los partidos debe ajustar­se a una serie de acuerdos es perfectamente subversiva y entraña grave peligro para la paz. Declara, en efecto, la inutilidad de nuestras leyes para regir las relaciones de esas colectividades y afirma que no hay más leyes para ellas que las de los acuerdos".[8] Prácticamente Batlle está adelantando muchos de los acontecimientos que se avecinaban en el país, por un lado el rompimiento o mejor dicho el alejamiento de la política de acuerdo, como se venía manejando hasta ese momento, y por el otro la frac­cionalización que vivirán los partidos tradicionales a partir de la década del 10.

Para terminar este planteo recomendamos leer nuevamente el punto 3 de Batlle en el poder del Capítulo 1, donde están sus puntos de vista, en la entrevista realizada por el órgano de prensa argentino.

Como sabemos tuvo que enfrentar a los pocos meses de asumir como presidente un primer levantamiento de Saravia. El Día y el Presidente se mantendrán en su postura. "El pacto de Setiembre no contiene sobre las jefaturas sino este artículo:

El Poder Ejecutivo, en libre uso de sus facultades constitucionales, declara que el nombramiento de jefes políticos, a que se procederá una vez aprobado este pacto, recaerá en ciudadanos que por su significación y demás cualidades personales, ofrezcan a todos las más serias y eficaces garantías".[9] Esto es la letra, en la cual el Ejecutivo no queda atado para nombrar a jefes políticos de tal o cual color, pero recordemos que en dicho acuerdo está la parte oral donde se establecía  la cantidad de jefaturas para los nacionalistas.

Desde el propio partido nacionalista se da la crítica, (Agustín de Vedia), que tales pactos sólo podrían tener una existencia transitoria. 









LAMINA Nº 6
Nota gráfica de Carolus

PROGRAMA DE PRINCIPIOS


-¿Y esos carteles?
-Son los ideales de nuestro partido.
Ayer luchamos por aquel, hoy luchamos por este.
-Y eso que su partido es de principios...
¡que si fuera personal!...

EL DIA. Marzo, 9 de 1910.

En 1904 con la muerte del caudillo Aparicio Saravia también muere una conducción política, aquella que prácti­camente dominó en el siglo XIX. El nuevo siglo abre nuevos caminos de entendimiento, o mejor dicho se comienza a procesar una evolución que era anhelada por muchos sectores del país.

Creemos que la población compartía el espíritu con el cual comienza a transitar el Uruguay a partir de esa fecha: "...1º Ejercicio pleno de la ley; 2º unidad completa del Poder Ejecutivo; 3º unidad absoluta del poder militar.

Al hablar de ejercicio pleno de la ley queremos que ésta rija en toda su extensión sin que pueda estar limitada por convenio alguno. Es bien sabido que las conveniencias políticas hicieron que muchos pretendieran dar a los pactos de La Cruz y de Nico Pérez interpretación absurda y abusi­va, a decir verdad, no había criterio fijo alguno, pues éste variaba según las circunstancias. Estábamos cansados, en efecto, de oír el espíritu del pacto cada vez que la justicia administrativa o civil era requerida tratándose de afiliados a la idolatría saravista...

Hemos ­hablado también de la unidad completa del Poder Ejecutivo como condición indispensable para la estabilidad de la paz. Sobre este punto no hay necesidad de mucha insistencia... El Ejecutivo es único por prescripción constitucional; lo es también por esencia. Dividirlo arbi­trariamente equivale quebrantar de una manera sustancial los fines para que ha sido instituido, a estorbarlo y a inutilizarlo. En una palabra: no puede haber paz posible si no se establece desde luego la supresión completa de los feudos departamentales, si no se reivindica para el presi­dente de la República atribuciones exclusivas de nombrar a los jefes políticos y los demás funcionarios auxiliares del poder que representa.

Precisamente, la feudalización administrativa ha traído a su vez la feudalización de la justicia a que hemos venido refiriendo. La ausencia de gobierno, del poder encargado de ejecutar las leyes, en ciertos departamentos...

Al hablar de la unidad absoluta del poder militar, expresamos sintéticamente una idea clarísima y que tampoco necesita mayor desarrollo. Queremos significar que debe necesariamente suprimirse, para poder considerarnos en estado de paz, toda organización y todo elemento de guerra que no esté al servicio incondicional del gobierno legítimo del país; que no puede haber un soldado que no sea defensor de las instituciones, ni un arma que no sea para garantir­las...".[10]

La experiencia de la coparticipación ha quedado en el pasado, ¿cuál es la nueva forma de gobierno que se pretende establecer? ¿Es el Gobierno de Partido?



Sí, esta forma permitiría a cada partido poder llevar adelante sus ideas, su programa, sin verse atado a ningún compromiso político, de compartir cargos y de bajar el perfil de su programa. De esta forma también queda bien delineado quién juega el rol de oposición, siendo su misión de control y fiscal del gobierno.

Pero como ya lo había establecido Andrés Lamas, la diferencia entre blancos y colorados no la encontramos en las ideas, sino en el color. Este pensamiento está claro para el siglo pasado, pero ahora se empieza a notar conduc­tas políticas diferentes y hasta antagónicas (Batlle - Herrera).

El gobierno ya no se ganará por las armas, sino en luchas electorales, lo que implica al partido de gobierno no cometer errores durante su gestión, porque luego podrá ser "castigado" en momentos de la elección y volvería al llano. Es durante las primeras décadas donde se irá perfec­cionando ese sistema que pretende dar las mayores garantías al elector y a los partidos del acto eleccionario, siendo su punto máximo el llegar al voto secreto.

"El gobierno de coparticipación ha sido, pues, larga­mente experimentado en nuestro país y sólo ha servido para darnos gobiernos tiránicos e inmorales o para desorganizar el país en forma tal que resultara un mito el principio de autoridad, sin el cual no hay forma posible de gobierno. Su descrédito debería estar a estas horas para siempre consa­grado. Todos los hombres de pensamiento, todos los que se preocupan de nuestro porvenir institucional, debieran saber de memoria y proclamar que el sistema de la coparticipación gubernamental es un camino inseguro, que no conduce a nada... ¿Cuál es ese camino? El único verdaderamente cono­cido, el único verdaderamente trillado, en todos los países del mundo, donde quiera que se ha hecho o se ha intentado hacer gobierno: el gobierno de partido.
Si hay algo sobre lo que ha podido hacerse una expe­riencia tan larga como universal es en materia de gobierno, desde que hay gobiernos donde quiera que aparezca un país medianamente organizado. Pues bien: invitamos a los parti­darios del gobierno de coparticipación a que recurran a esa larga experiencia universal en busca de antecedentes. Encontrarán todas las formas imaginables de gobierno, pero difícilmente, por no decir nunca, encontrarán el gobierno de todos los partidos de un país. Acudan, si lo desean, a los pueblos mejor organizados, donde la vida institucional ha echado el cimiento más inconmovible y donde rigen los principios más avanzados. Se encontrarán invariablemente con gobiernos que gobiernan con hombres de su partido, que excluyen sistemáticamente a sus adversarios de toda gestión política, llegando algunos hasta excluirlos de toda gestión administrativa.



Ciertos gobiernos parlamentarios, por su propia varia­bilidad, son los más a propósito para iluminar una consul­ta. Cuando fracasa un gabinete conservador en Italia o en España, por ejemplo, no se remienda con hombres de otro partido, sino que se completa con hombres del mismo o se renueva totalmente con los otros. Los conservadores suelen ser sustituidos por los liberales y éstos por aquéllos, pero unos y otros al asumir el gobierno se cuidan muy mucho de buscar entre sus colaboradores a los que comparten sus ideas políticas".[11]

3 - Camino al Colegiado
La democracia es una fórmula institucional que requiere una madurez política que el Uruguay no tenía en 1830, dominada en aquellos tiempos por el caudillismo, verdadero sistema de gobierno al que  obedecían los pueblos america­nos.

Reclamar una democracia es tener un estilo de vida que permita el desarrollo integral de todos y cada uno de sus ciudadanos, en el grado y medida de sus capacidades. Vivir en democracia significa dar oportunidad igual a todos, para que cada uno la utilice y realice lo suyo sin excluir el concepto de que los que tienen más puedan ayudar al resto.

El 8 de mayo de 1903 dieron comienzo los trabajos del Congreso Revisionista de la Constitución, presidido por el Dr. Pedro Figari, con la asistencia del Presidente de la República José Batlle y Ordóñez, Ministros de Estado, Parlamentarios y dirigentes políticos representativos de todos los partidos y tendencias de opinión pública.

El diputado nacionalista por Rivera Dr. Martín Aguirre, fue quien planteó el establecimiento de un Poder Ejecutivo Colegiado en el Uruguay. En el año 1903, diez años antes que Batlle publicara los "Apuntes", Martín Aguirre estable­cía el 18 de mayo: "Hablo de la conveniencia de un Ejecuti­vo colegiado, compuesto por seis ayudantes ejecutivos nombrados por el sistema del voto incompleto. De esa manera se legalizaba la actual situación política y se da una amplia satisfacción al deseo unánime de establecer sobre bases amplias el actual régimen de coparticipación  de  los partidos en el gobierno".[12] Regularizar la situación, implicaba llevar a la letra las bases de la coparticipación de la Paz de Abril y del Pacto de la Cruz.

El nuevo siglo arremeterá con fuerza para lograr la reforma constitucional, pero deberá pasar, antes de concre­tarse, por muchas pruebas.



"Dos problemas principales abarca la cuestión relativa a la reforma constitucional que está actualmente a estudio de la Asamblea. El uno es más general y de suma importan­cia: si la reforma es realmente oportuna, o si de veras nuestro Código Fundamental es susceptible de ser modificado ventajosamente, y si esas modificaciones pueden influir en la cura de los males políticos que nos aquejan y que suelen agobiarnos; el otro, es accesorio pero no menos importante: si los trámites propuestos para llegar a la reforma están exactamente encuadrados al derecho, a la justicia, y a las mismas reglas que el pueblo, por delegación que hizo de su soberanía en los constituyentes del año 30, se fijó para poder modificar válidamente su Constitución".[13]

Eran tiempos para la reforma, que no sólo la pedían los sectores políticos sino que también contaba con el respaldo popular.

La candidatura de Batlle para reemplazar a Williman se manejaba desde mucho tiempo antes de llegar el momento electoral; informado aquél de la situación le envía la carta que ya hemos visto en el Capítulo 2, al señor Antonio María Rodríguez, presidente de la Convención Colorada, que remarcaba la intransigencia contra la política de coparti­cipación donde advertía que no la aceptaba de ninguna manera.
Las repercusiones fueron inmediatas, El Siglo expresa­ba: "La impresión que producen las manifestaciones del señor Batlle y Ordóñez que nos trasmitió nuestro correspon­sal en París y publicamos el domingo, es altamente halagüe­ña para el patriotismo. Ese anticipo a su programa tiene derecho al calificativo de auspicioso en el sentido que dan a la palabreja sus muchos adoradores... Batlle hablará, decíamos en artículos anteriores, y tenemos fundados moti­vos para creer que lo hará en forma capaz de satisfacer las aspiraciones nacionales...

Calla todavía sobre la cuestión religiosa y es parco en palabras respecto de la cuestión política. La orientación del gobierno, dice, ha de ser principista y liberal. El problema religioso no se aclara con esto... Más claro es  lo que sigue: dentro de tal orientación y en cuanto es conciliable con ella se impone ampliar las bases de la política. Tal declaración no es otra cosa que la síntesis de ciertos artículos de la prensa batllista: ésta ha dicho y repetido hasta el cansancio en los últimos tiempos que la política de partido no impide la cooperación de todos los buenos ciudadanos en el gobierno, desempeñando altos cargos administrativos y aún políticos. "La Democracia"  se levan­tó indignada sosteniendo que eso no es política de partido...

La reforma constitucional, teniendo por objetivo prin­cipal moderar el autoritarismo presidencial, constituye una grande y bien inspirada idea. Todos los centros constitu­cionales de autoridad, todas las entidades colectivas, todas las energías individuales se atrofian hoy en el país por la prepotencia del Ejecutivo...

El señor Batlle y Ordóñez lo ha comprendido y compren­dido la necesidad perentoria de reaccionar contra ese régi­men por lo cual sostiene la conveniencia de dar mayor extensión a la influencia de la Asamblea y mayor vigor a la institución ministerial.

La representación proporcional es, para nosotros, de todo lo que ha dicho el señor Batlle y Ordóñez, lo de más trascendental importancia...".[14]



Mientras tanto La Razón expresaba: "...En política afirma su vieja tendencia  a no dar participación en el gobierno a los partidos, sin que ello importe negar el derecho de todos los ciudadanos a formar parte de la admi­nistración pública. Es consecuente en esto con las ideas que sostuvo firmemente durante su anterior gobierno ... rechaza la política de coparticipación para evitar que se menoscabe la unidad de acción en el Poder Ejecutivo, habrá quien considere más patriótica una mayor amplitud de ideas en el sentido de que el gobierno eminentemente nacional prime siempre sobre el gobierno de exclusividad partidaria. El mismo señor Batlle no es, sin embargo, completamente ajeno a esos deseos de tolerancia y de coparticipación, pues en el propio programa habla, con profunda fe, de dos reformas de importancia para el más completo triunfo de las libertades públicas: de la representación proporcional y de la influencia directa del Cuerpo Legislativo sobre el poder administrador...".[15]

Uno de los motivos de reforma constitucional está basado en la figura del Presidente de la República, ya que éste prácticamente centra en él todo el poder que le da la Constitución de 1830. "El Presidente de la República, sin apartarse de las exactas prescripciones constitucionales, puede ser tan absoluto como el más absoluto de los sobera­nos. Para ello tiene en sus manos una suma ilimitada de poderes que lo convierten en dueño de los destinos naciona­les. Los demás agentes ejecutivos -los ministros entre ellos- no tienen función directa y deben reducirse a cum­plir las órdenes por él dictadas. Y no sólo sobre este poder se señala su prepotencia sino aun sobre los demás poderes del Estado. La simple lectura de los artículos que a ello consagra nuestra Constitución, es suficientemente demostrativa de la verdad del aserto que formulamos... Los gobernantes no son siempre, por desgracia hombres que llegan al poder con sanas intenciones, a realizar programas de ideas bien inspiradas, o, muchas veces no tienen la capacidad que requiere un cargo de aquella naturaleza. Los hay, y no en menor número, quienes luchan hasta conquistar la primera magistratura para la realización de sus intere­ses particulares, para satisfacer ambiciones de mando o por simple prurito de vanidad. Llegado al poder uno de estos hombres, ya hay sentencia dictada para la felicidad del país...

El mal estaría, no anulado por completo, pero sí nota­blemente reducido, si el P. E. se compusiera de una comisión de varias personas. Si una mala elección, siempre posible, introduce en ese Consejo un miembro de condiciones y acción poco recomendables, está fuera de duda que el peligro no tiene ya la seguridad, ni siquiera la posibilidad del primer caso. Su acción se halla de tal  modo  limitada  y vigilada, que es muy  probable no altere la dirección de la acción conjunta de todo el Comité".[16]



Es por todos sabida la influencia del modelo suizo en Batlle, pero no solo él fue el impresionado. Alberto Guani Ministro en Austria y Suiza, establecía sus ideas en un reportaje realizado por El Día: "Mis ideas, señor redactor, no son improvisadas, ni nuevas. Después de haber vivido un tiempo en Suiza, aquella admirable democracia europea ha ejercido, a ese respecto, una influencia decisiva e irre­sistible sobre mi espíritu...

En el mes de Setiembre de 1911 escribía yo a El Día, desde Berna, una correspondencia en la cual puede leerse lo siguiente: "todos los suizos saben que la Nación tiene a su frente un gobierno digno que conduce y guía por la senda de la mayor prosperidad las actividades laboriosas y fecundas de sus conciudadanos; pero una gran mayoría de estos igno­ran el nombre de las personas que rigen los destinos pa­trios y no le importa ni le interesa saberlo". Enseguida agregaba: "Yo encuentro que el secreto de la unidad y de la felicidad popular reside, en gran parte, en esta manera impersonal de concebir la fuerza y el Gobierno del Estado: arrancad de la escena turbulenta en que han agitado las pasiones uruguayas el personalismo  feroz que ha invadido en nuestras costumbres y habréis logrado disipar una nube sombría que se ha opuesto siempre a las más puras solucio­nes de la solidaridad y de la concordia cívicas".

La institución del gobierno colegiado está basada, a mi entender, en uno de esos grandes principios naturales del derecho político que deben constituir las aspiraciones supremas de todos los pueblos: el de la igualdad humana...

...El gobierno de una República delegado exclusivamente en un solo hombre, por un plazo de tiempo más o menos largo, atribuye de por sí al ciudadano que lo ejerce una enorme representación y una superioridad. Consideradas las cosas normalmente, en una república de sistema presidencial unipersonal el "Jefe de la Nación" se convierte, por obra y gracia de su cargo majestuoso en algo así como en una personalidad providencial, augusta, casi olímpica; es en resumen de cuentas, un monarca transitorio, que, por proce­dimientos diversos se dan los pueblos republicanos...

Soy partidario en cambio:

1º de la forma colegiada de gobierno y de su renovación total conjuntamente con la renovación del Parlamento

2º de la supresión dentro de los límites impuestos por las necesidades ejecutivas y representativas del Gobierno, de la hegemonía autocrítica conferida a la institución del Presidente de la República, mediante la duración cortísima de sus funciones (un año, por ejemplo) y prohibiendo su reelección inmediatamente

3º del equilibrio armónico y del control recíproco del Parlamento y del Ejecutivo

4º de la sumisión al fallo popular mediante el "refe­réndum" de ciertos conflictos graves que puedan surgir entre uno y otro poder.



Uno de los puntos esenciales de la reforma reside en mi juicio en las relaciones de dependencia que deben existir entre la Asamblea y la Junta de Gobierno. Entendiendo que el Poder Ejecutivo es también colegislador y lo será más aún, sin duda, cuando él se ejerza por un cuerpo colegiado no puede dársele de ninguna manera la última palabra en los casos de conflicto o discrepancia legal...".[17]



Para Batlle la reforma no fue una cuestión en la que se apoyara para buscar una mejora personal, por el contrario, fue un mecanismo concebido para procurar el beneficio de todos  los sectores. Llegó a ella después de un largo proceso, donde analizó cuál régimen se adaptaba mejor a nuestro país: "...mientras mi candidatura se afianzaba, paseaba yo por Francia y Suiza en donde estudiaba de cerca los mil aspectos de una vida política democrática, y enton­ces comparaba las formas políticas de los estados europeos con la arcaica y vetusta constitución de mi país. Recordaba yo que por nuestra constitución de 1830 estábamos constan­temente expuestos a que la suerte deparara un presidente de malas intenciones, y con la suma de las facultades realmen­te extraordinarias que le otorga nuestra carta fundamental, se llevara todo por delante, arrasara con las instituciones y sumiera al país en la más negra de las dictaduras. ¿Para qué ir a la presidencia?, me preguntaba constantemente. ¿Para continuar acaso siendo uno de los presidentes de siempre? La presidencia iba a ser para mí realmente una incomodidad, luego quería que esa incomodidad fuera compen­sada por una obra proficua. Pensé, entonces, que lo mejor que podía hacer era librar al país de los peligros con que le amenazaba constantemente nuestra constitución, con su sistema de poder ejecutivo unipersonal. Pensé primero en el régimen del gobierno parlamentario, que considero democrá­tico por todo sentido y que obliga constantemente a la lucha de ideas; pero ese régimen tiene graves inconvenien­tes para ser implementado en nuestro país. Por de pronto, el régimen del gobierno parlamentario necesita  una cámara grande, es decir, bastante numerosa, porque bien es sabido que en los países de gobierno parlamentario no se puede gobernar sino con una gran mayoría, que asegure al gobierno cierta estabilidad. La administración pública, la aplica­ción de la ley, el cuidado de los múltiples intereses del Estado exigen, necesariamente, una estabilidad más o menos prolongada. Los intereses del Estado y la administración pública sufren inevitablemente, se desmedran y se rebajan con los continuos cambios en el gobierno parlamentario, la mayoría de los cuales son provocados por bloques parlamen­tarios unidos transitoriamente por intereses generalmente efímeros. Si una pequeña mayoría es la que gobierna, tiene necesariamente que gobernar contentando a las minorías, que unidas pueden formar mayoría. Ahora bien, cuando la cámara la componen 600 o 700 diputados se puede tener una mayoría respetable, se puede tener 100 o más diputados de mayoría y entonces sí se puede gobernar no contentando a todos. ¿Pero cómo sostener en nuestro país, con una población pequeña, una cámara numerosa? Nuestro parlamento no puede tener sino un número pequeño de representantes y la mayoría sería insignificante ante la unión de las fuerzas contrarias. El gobierno cambiaría constantemente, y le aseguro que a los tres gabinetes que cayeran ya no tendríamos hombres para gobernar el país. En cambio con el régimen del ejecutivo colegiado iría, realmente, una mayor opinión más estable  en el gobierno y por lo tanto con más tiempo para gobernar. Y la fracción política que triunfase tendría que ir con un programa que sostener y realizar. Y ese gobierno que habría sido elevado por la mayor opinión del país, tendría interés en mantener su política...".[18]

Batlle expondrá en la Convención Nacional del Partido los fundamentos del porqué del Colegiado: "...es la obra de mi ya prolongada experiencia política, de mis ideales republicanos y de mi amor al bien.

No encontraréis en él una sola palabra que esté inspi­rada en un interés personal; no encontraréis una sola que haya sido escrita sin tener en vista las más altas y justas aspiraciones públicas.

Tampoco es una obra inspirada en conveniencias partida­rias. No concibo una conveniencia partidaria opuesta a las de la Nación. No nos congregamos y formamos un Partido para gestionar o conservar ventajas para nosotros. Lo formamos para luchar ardorosamente por el bien de la República, para satisfacernos en la tarea de su consecución y para sacrifi­carlo a él mismo, a su fin, si necesario fuese.
La reforma... Mi empeño capital al proyectarla tendió a eliminar de nuestros códigos las leyes que confieren a un solo hombre los medios de ejercer la totalidad del poder público y tendió a confiarla a un número muy considerable de ciudadanos y, en definitiva, al país mismo... 

A ese fin propende la institución del Gobierno Colegia­do. Ninguna plaza queda en él para el mando personal exclu­sivo, ni para el interés, el encono, la obcecación o el error individual adueñado del poder, por alto que esté colocado el personaje o grande que sea su prestigio; ningu­na para las resoluciones inconsultas; y en cambio, todas las puertas están abiertas para el desinterés, el altruis­mo, la reflexión, la ilustración de todas las cuestiones, la deliberación, el patriotismo, que serán siempre acogidos con honor en una asamblea compuesta de los nueve ciudadanos más prestigiosos de la República".[19]



El órgano colegiado propuesto por Batlle estaría com­puesto por nueve miembros, constituyendo la "Junta de Go­bierno de la República", que tendrían una duración en el cargo de nueve años y  serían elegidos directamente por el pueblo. Para la primera instancia de su aplicación proponía el voto por una lista única de nueve candidatos por cada partido; el primero de ellos tendría una duración de nueve años y los integrantes siguientes su mando sería decrecien­te a razón de un año. Es decir que el último de la lista ejercería por un año y cada año habría elección para susti­tuir al consejero saliente.

Por su parte los nacionalistas también elaboraban su proyecto de reforma constitucional: "...En ese proyecto desaparece la irresponsabilidad ministerial, facultando al Poder Legislativo para negar su confianza a los ministros, quienes en tal caso tendrán que renunciar a sus carteras. De ese modo se contrarresta el exceso del poder de la Presidencia, posible en la actualidad por esa irresponsabi­lidad de los ministros, y por las reducidas atribuciones que éstos tienen, que hace sean apenas... Para evitar que las Cámaras abusen de esa facultad, en el proyecto se especifica que para dar un voto de censura a uno o más ministros, se requiere la adhesión de las tres quintas partes de los diputados".[20]

Más allá de todas las críticas que se le han hecho y puedan seguir haciéndosele a esta propuesta, la idea del Colegiado  determinaba la necesidad de poseer partidos dinámicos y organizados por el simple hecho y necesidad de concurrir a elecciones nacionales anuales. De no cumplir este procedimiento era probable su desaparición.

El Poder Ejecutivo no se vería debilitado con respecto a la Constitución del 30, quien perdía era el Parlamento. Otro de los problemas que sin duda a Batlle le preocupaba era la sucesión en el cargo presidencial.

El establecimiento de un Colegiado se transformaba en un precioso y eficaz instrumento político para Batlle, que le permitiría mantener las riendas del proceso político sin necesidad de estar ocupando el cargo de Presidente.

Desde mucho tiempo atrás y por diversas y aun opuestas razones, todas las fuerzas políticas del país deseaban reformar la Constitución de 1830.

En una palabra se podría sintetizar el anhelo del partido opositor: coparticipación. La muerte de Aparicio Saravia había  encumbrado a Batlle en el dominio del Estado y el liderazgo de su partido, en tanto el nacionalismo oscilaba dubitativamente entre volver al camino de la revolución u optar por salidas políticas, hoy diríamos institucionales.

Batlle propone la reforma de la Constitución. Todos querían dicha reforma. ¿Cómo? Ese era el problema.
Batlle había practicado una política de partido y nadie creía que estuviera dispuesto a entregar el poder sin luchar duramente.

La Constituyente se reunió a partir del 27 de octubre de 1916 y se puso a trabajar en la reforma. El batllismo se dispuso a boicotear a la Convención no asistiendo a sus sesiones.

El Presidente Viera anuncio su famoso "alto" y cambió el ministerio, lo que no fue suficiente y la tensión polí­tica creció. La propaganda lanzada por la prensa era varia­da, por ejemplo:



"PUEBLO: Si el colegiado triunfa, quedará suspendido el derecho de propiedad sobre la tierra y destruida la organi­zación de la familia. Votad contra el colegialismo".[21]

El propio Presidente de la República se manifiesta en este debate: "Las avanzadas leyes económicas y sociales sancionadas durante los últimos períodos legislativos, han alarmado a muchos correligionarios, y son ellos los que nos han negado su concurso en las elecciones del treinta. Bien, señores: no avancemos más en materia de legislación econó­mica y social; conciliemos el capital con el obrero. Hemos marchado bastante a prisa; hagamos un alto en la jornada. No patrocinemos nuevas leyes de esa índole, y aún paralice­mos aquellas que están en tramitación en el Cuerpo Legisla­tivo, o por lo menos, si se sancionan, que sea con el acuerdo de las partes directamente interesadas".[22]

Mientras tanto Batlle hizo ofrecer al nacionalismo una transacción en cuanto a  la organización del Poder Ejecuti­vo que implicaba la coparticipación; las garantías electo­rales de la inscripción obligatoria; el voto secreto y la representación proporcional; la autonomía de los municipios y, sobre todo, la eliminación de la "amenaza" de su tercera Presidencia.

Agitando el fantasma de su tercera candidatura Batlle consiguió que se echara a andar el pacto para la que se formó una comisión de ocho delegados (Pacto de los 8), a la que concurrieron por el Partido Nacional Martín C. Martí­nez, Carlos Berro, Leonel Aguirre y Alejandro Gallinal, y por el batllismo Domingo  Arena, Ricardo Areco, Juan A. Buero y Baltasar Brum.

Sin duda esto refleja la situación del momento: "El grave mal de nuestra política consiste en que gira el debate político sobre los hombres, y no sobre las ideas. Se discuten personalidades y no principios. Se trata de pues­tos representativos, más que de teoría... Las candidaturas son la mayor preocupación de los partidos, e inacabable causa de discordia".[23]

De este pacto surgió la nueva Constitución de 1919. Desde el punto de vista político-institucional la nueva constitución poseía la innovación de introducir la división en dos órganos de gobierno, el Presidente de la República y el Consejo Nacional de Administración, que en teoría eran de igual jerarquía.
Dicha fórmula fue realizada en oposición al fuerte presidencialismo que poseía la Constitución de 1830.


Refiriéndose al papel de la minoría en el Consejo Nacional de Administración (3 miembros en 9) expresa el doctor Martín C. Martínez que podría ser: "...análogo al de las mismas minorías en el Cuerpo Legislativo, de fiscaliza­ción más que de colaboración".[24]

Para el doctor Juan Andrés Ramírez: "Cabe agregar, todavía, una ventaja de orden práctico, que asegura la condición proclamada ya por Aristóteles como rasgos esen­ciales de la vida democrática y desconocida, sin embargo, en nuestro país. Medio siglo de posesión del poder había llegado a formar en el partido gubernista la idea de que lo poseía en propiedad, por obra de prescripción inatacable. Además, concentrando la suma de la autoridad pública en un solo hombre, y jugándose, por lo tanto, a esa sola carta el dominio absoluto sobre la República, no era posible que pasara este dominio, tranquilo y  pacífico, al partido del llano. Perder la elección significaba perderlo todo, y perderlo, según todas las probabilidades, sin más esperanza de recuperarlo que por medio de la violencia. Hoy el poder no está concentrado en ninguna parte. Todos los partidos saben que tendrán en él la parte a que su caudal les da derecho. Saben que lo perdido en una elección puede ser recuperado en la siguiente, y que ya no hay ni habrá parti­do ni ciudadanos extranjeros en el seno de la patria".[25]

Esto pasa por la incorporación de la representación proporcional integral, que junto al voto secreto y a la inscripción obligatoria en el Registro Cívico, constituyen las garantías del sufragio (art. 9).

En realidad esto es a medias dado que la representación proporcional en el  Ejecutivo era para dos partidos, "...las dos terceras partes de la representación a la lista más votada, y la tercera restante a la del otro partido que le siga en el número de sufragio obtenidos..." (art. 82). En el Senado tampoco era aplicable, éste sería compuesto por "...tantos miembros cuanto sean los Departamentos..." (art. 24).

Si se aplicaba en la Cámara de Diputados y en los go­biernos y administraciones locales (art. 130) y "...todas las corporaciones de carácter electivo que se designara para intervenir en las cuestiones del sufragio..." (art. 9 inciso 4º).          

Todavía puede haber quien plantee si el pacto no signi­ficó el desconocimiento de la voluntad popular expresada el 30 de julio de 1916, si no sería desconocer una de las tradiciones más enraizadas en el estilo político del país: el pacto interpartidario como superador de los conflictos políticos y hacedor de constituciones.

Los pactos políticos en nuestra Historia pueden haber sido negativos o positivos para el país, pueden, también haber sido mal o bien considerados por la opinión pública, lo que nadie puede negar es lo necesario que han sido para superar las crisis económico-políticas. 



CUADRO Nº 7
CONSTITUCION 1830-1919-PROYECTO DE BATLLE

ART.

CONSTITUCION  DE
1830
CONSTITUCION DE
1919
PROYECTO DE BATLLE

5













La religión del Estado es la Católica Apostólica Romana.

Todos los cultos son libres en el Uruguay. El Estado no sostiene religión alguna. Reconoce a la Iglesia Católica, el dominio de todos los templos que hayan sido total o parcialmente, construidos del Erario Nacional, exceptuando sólo las capillas destinadas a servicio de asilo, hospitales, cárceles  u otros establecimientos públicos. Declara, asimismo, exentos de toda clase de impuesto a Los templos consagrados actualmente al culto de las diversas religiones. 
Las religiones que hay en el país y las que en él se establezcan en lo sucesivo deberán ajustarse a las leyes de la República y no serán objeto de tratamiento especial.
13

El Estado Oriental del Uruguay adopta para su gobierno la forma representativa republicana.
(14) La República Oriental del Uruguay adoptará para su gobierno la forma democrática representativa.



28



Su elección (Senador) será indirecta, en la forma y tiempo que designará la Ley.
(27) Su elección será indirecta, en la forma y tiempo que designará la ley.
(25) Esta será  directa en la forma que determina la ley, a mayoría absoluta o relativa de sufragios;  y se dará los votos a la vez por los dos ciudadanos que se quiera elegir.
72

El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por una sola persona, bajo la denominación del Presidente de la República.
(70) El Poder Ejecutivo es delegado al Presidente de la República y al Consejo Nacional de Administración.

El Poder Ejecutivo será desempeñado por una junta de nueve personas, que se denominará Junta Nacional de Gobierno.
73










El Presidente será electo en sesión permanente, por la Asamblea General, el día primero de Marzo, por votación nacional, a pluralidad absoluta de sufragios, expresados en balotas firmadas, que leerá públicamente el Secretario, excepto la primera elección de Presidente permanente, que se verificará  tan luego como se hallen reunidas las dos terceras partes de Los miembros de ambas Cámaras.
(71) El Presidente de la República será elegido directamente por el pueblo, a mayoría simple de votantes, mediante el sistema del doble voto simultáneo y con las garantías que para el sufragio establece la Sección II, considerándose la República como una sola circunscripción.
La elección de Presidente de la República se efectuará el último domingo del mes de noviembre.
Dos de los miembros de la Junta de Gobierno serán elegidos por la Asamblea General y los restantes por todos los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional;  los primeros lo serán por seis años y los segundos por siete, salvo las excepciones hechas por este Código.
76






El Presidente electo, antes de entrar a desempeñar el cargo,  presentará en manos del Presidente del Senado, y a presencia de las dos Cámaras reunidas, el siguiente juramento: “Yo (N.) Juro por Dios N.S. y estos Santos Evangelios, que desempeñaré debidamente el cargo de Presidente que se me confía; que protegeré la religión del Estado, conservaré la integridad e independencia de la República, observaré y haré observar fielmente la Constitución”.
(74) Antes de entrar en el ejercicio de su cargo, el Presidente de la República, el 1 de marzo siguiente a la elección, hará ante el Presidente del Senado y en presencia de ambas Cámaras y el Consejo, la siguiente declaración: “Yo (N.), me comprometo por mi honor a desempeñar lealmente el cargo que se me ha confiado y guardar y defender la Constitución de la República”.















































(100) Los diversos servicios que constituyen el dominio industrial del Estado, la instrucción superior, secundaria y primaria, la asistencia y la higiene pública serán administrados por Consejos autónomos. Salvo que sus leyes los declaren electivos, los miembros de estos Consejos serán designados por el Consejo Nacional. A éste incumbe también destituir a los miembros de los Consejos especiales con venia del Senado, ser juez de las potestades que originen las elecciones de los miembros electivos, apreciar las rendiciones de cuentas, disponer las acciones competentes en caso de responsabilidad en los recursos administrativos según las leyes.

(100) Los diversos servicios que constituyen el dominio industrial del Estado, la instrucción superior y secundaría y primaria, serán administrados por Consejos autónomos. Salvo que no los declaren electivos, los miembros de estos Consejos serán designados por el Consejo Nacional y destituidos por el mismo, en ambos casos con la venia, otorgada por voto secreto por el Senado. Al Consejo Nacional le incumbe también ser Juez de las protestas que originen las elecciones de los miembros electivos; disponer las acciones competentes en casos de responsabilidad y entender en los recursos  administrativos.
Los Entes Autónomos que con rentas propias atendieren íntegramente sus servicios tendrán la facultad de nombrar y destituir sus empleados; el Consejo Nacional aprobará sus presupuestos, sin poder aumentar los sueldos, y apreciará sus rendiciones de cuentas.
118





Habrá en el pueblo cabeza de cada Departamento un agente del Poder Ejecutivo, con el título de Jefe Político y al que corresponderá todo lo gubernativo de él; y en los demás pueblos subalternos, Tenientes sujetos a aquél.
(130) El gobierno y administración locales serán ejercidos por una Asamblea Representativa y por uno o más Consejos de Administración autónomos, elegidos popularmente con las garantías que para el sufragio establece la Sección II, y cuyo número será fijado por la ley.
(133) El gobierno y la administración de cada departamento será ejercido por una asamblea representativa, una junta departamental de gobierno y un jefe de policía.




Sin duda alguna los partidos políticos han llevado adelante un papel importante en la legitimación del sistema político y del Estado. Recordemos lo establecido por Weber referente a los tres motivos de legitimidad  que él alude: dentro de la legitimación carismática y tradicional, nues­tros partidos han delineado la legitimidad del sistema político uruguayo.



La participación social de la población no se circuns­cribe nada más que a lo político, como tampoco solamente a lo electoral, pero esta intervención de la ciudadanía  en los actos electorales es el indicador nada despreciable de la intervención de la población en la toma de decisiones.

Otros mecanismos que se fueron sumando al modelo polí­tico son: el mejoramiento de la representación proporcio­nal, la aplicación del voto secreto y el referéndum como instrumento para aquellas instancias donde no se ponen de acuerdo los poderes.

Por su parte Oscar Bruschera establece: "La Constitu­ción de 1917 fue, pues, un resumen en la cumbre. Expresaba una forma de vida esperanzada y optimista; era el reflejo de una ideología acaso anacrónica en su reflejo americano, que se nutría de fe en el proceso indefinido, de misticismo en la virtual mágica de la norma, de ilusoria confianza en el entendimiento pacífico de las clases sociales, en la omnipresencia intuitiva del Estado, intervencionista, en la eficacia educadora de las prácticas de la democracia polí­tica".[26]

El 1º de Marzo de 1919, cuando entra a regir la nueva Constitución, El Día establecía: "Pocas horas más, y la nación uruguaya, en su mayoría de edad, en pleno ejercicio de sus instituciones republicanas, ensayará una forma nueva de gobierno, como consecuencia de un accidentado proceso político. La Constitución de 1830, que impusieran nuestros ascendientes en nombre de la libertad de las naciones de América proclamada muchos años antes, será sustituida por otra que, sin estar libre de defectos, constituye un gran paso hacia formas permanentes, definitivas. Sólo el cambio fundamental en uno de los tres poderes del Estado, el poder Ejecutivo, sería suficiente para que las generaciones venideras señalen este 1º de Marzo de 1919 como una fecha que defina y caracterice una época...

Todos los problemas políticos que surjan en la era a iniciarse, no podrán ser resueltos, pues, sin tener en cuenta la acción democrática que dimane de las entidades populares. Organizadas éstas, sabiamente dirigidas, han de constituir, sin duda alguna, la más original característica de la futura situación. A las nuevas prácticas administra­tivas, han de agregarse las nuevas prácticas partidarias. Y si hasta la fecha la acción de nuestro Partido ha determi­nado los actos gubernativos más trascendentales, sintetiza­dos en una legislación que es ejemplo en América, más imperativa, más categórica ha de ser pronto, encuadrada dentro de los principios de libertad y de justicia que ennoblecieron esa acción en todas las épocas de nuestra vida republicana".[27]




Anteriormente hemos visto cómo los partidos políticos se dividían en su visión de gobierno, en tanto existía el gobierno de partido y por otra  parte el gobierno nacional. Esta discusión parecía zanjada en ese siglo, pero no es así. En el Consejo Nacional de Administración se plantea nuevamente el 5 de mayo de 1927, entre el Presidente José Batlle y Ordóñez y los señores Consejeros nacionalistas Lussich y Herrera. El primero expresaba: "...Ministro de Hacienda que acaba de sostener que el Estado debe ser regido en todas sus manifestaciones por el partido a que pertenece. Yo creo, en cambio, de acuerdo con principios que en mí son orgánicos, que debemos hacer gobierno nacio­nal y en manera alguna gobierno de partido. Por lo tanto, si todas las organizaciones públicas importantes, que se quieran formar lo serán bajo la misma institución de go­bierno de partido, esa razón es suficiente para que yo, por mi parte, le niegue mi voto. Soy partidario del gobierno nacional, y por lo tanto para mí los más aptos y los mejo­res no son los componentes de un partido determinado sino que, en mis funciones de administrador, me regiré siempre por aquel viejo precepto "Right man in the right place" (el hombre para su puesto) ...  Sería pues absurdo que los que como yo somos partidarios del gobierno nacional, pusiéramos en manos de quienes sostienen el Gobierno de partido a outrance, un nuevo y poderoso mecanismo de persistencia en el Poder para la aplicación de doctrinas y principios con los que estamos en absoluto desacuerdo. Sería fortalecer al Gobierno de Partido frente a los principios del Gobierno Nacional. He sostenido siempre mis ideas con absoluta sinceridad y nunca trepidaría de la elección entre un colorado bueno y un nacionalista regular. La afirmación del señor Presidente de que los nacionalistas hacen lo mismo, es aventurada, y si ello se hiciera por alguna administra­ción departamental, procedimiento que no comparto, sería como lógica compensación al criterio exclusivista colorado que pretende ocupar todo el país y todos los cargos ... El señor Presidente Batlle y Ordóñez manifestó que la lucha entre los partidos no debe consistir en la ocupación de los puestos públicos sino en la aplicación y realización de las ideas que prestigian y que los distinguen, por la forma en que encaran y entienden que deben resolverse los problemas vitales para el país. Sostuvo, que cuando un partido sus­tenta ideas radicalmente opuestas a las de otras agrupacio­nes políticas, ese partido no utiliza otros hombres en su gestión de gobierno que aquellos que participan de su misma orientación, aun en los puestos más modestos. Solo puede admitirse una excepción y es en el caso de que sea necesa­rio integrar un puesto y únicamente exista para desempeñar­lo una persona que milita en el partido de la oposición. Como las funciones públicas deben ser bien desempeñadas y de acuerdo con la orientación del partido que gobierna, es necesario aceptar para la provisión de los cargos públicos a las personas que militan en sus filas, pues fuera de la excepción anteriormente prevista, una agrupación partidaria no podría estar tranquila si no cuenta con el concurso de sus afiliados en sus distintas gestiones relacionadas con el Gobierno Nacional ... El Dr. Lussich interrumpió en este momento al orador, para manifestarle que su partido comba­tía la burocracia excesiva creada por los gobiernos colora­dos y contra la cual no ha tomado en estos últimos tiempos ninguna resolución tendiente a disminuirla. Respondió el señor Batlle y Ordóñez que hubiera deseado no entrar en este aspecto de la cuestión, pero ya que el Dr. Lussich se refiere a ella, recordaba que en algunos entes autónomos es donde existe precisamente esa burocracia excesiva, creada con fines electorales y favorecida por el partido naciona­lista para perjudicar a la agrupación a la cual pertenece. Dijo además que durante su situación en este Consejo había tenido oportunidad de observar que los Consejeros de la minoría estaban siempre en acuerdo cuando se procedía a nombramiento de empleados públicos. Ante estas afirmaciones el Dr. Lussich hizo notar que precisamente en casi todos los nombramientos efectuados anteriormente por el Consejo, los miembros de la bancada nacionalista se había pronuncia­do en favor de distintos candidatos y, por lo que respecta al ingreso de ciudadanos de su filiación política, en calidad de empleados, a los distintos entes autónomos, señaló las dificultades con que había tropezado siempre esas candidaturas ... dijo el Dr. Herrera que para él tan reprobable era el exclusivismo de su partido como de otro y que, la consecuencia dolorosa del exclusivismo absoluto que se venía practicando, era fatalmente deprimir el concepto de gobierno. El país es de todos sus hijos y no ya de los colorados y los blancos sino de los socialistas, católicos o comunistas. Todos los ciudadanos aptos, fuera el que fuese su criterio cívico, deberán tener acceso a la Admi­nistración Pública ... El señor Consejero Lussich manifestó que entre los partidos en que se divide la opinión del país existen afinidades de ideas, en lo referente a la aprecia­ción de cuestiones sociales y económicas, siendo estas manifestaciones rebatidas por el señor Consejero Caviglia quien expresó que las divergencias que existen son profun­das y que se han acentuado aún con respecto al proyecto en debate...".[28]



La discusión continuará en el Consejo Nacional de Admi­nistración, a partir del proyecto del monopolio de alcoho­les, donde Batlle sostenía: "No, nosotros hemos dicho que si se lleva a cabo el monopolio del alcohol y se constituye en un ente autónomo con esa finalidad debe estar sujeto a los principios que rigen los demás monopolios que tiene actualmente la República y que tan buenos resultados han dado. Yo formo parte de una agrupación política que ha sido excluida de todos los monopolios. Constituyendo una agrupa­ción numerosa, no tiene representación en el Banco de Seguro; en las Usinas Eléctricas del Estado se encuentra en minoría o en la Administración Nacional del Puerto no tienen ningún representante; sin embargo, sostenemos que los entes autónomos deben constituirse de esa manera, porque no hacemos cuestiones electorales sino que responde­mos a finalidades patrióticas y luchamos por el interés del país, en lugar de detenernos a considerar el número de miembros que pueden correspondernos en la integración de esos organismos". El Dr. Herrera manifestó que estaba escrito lo contrario. Dijo el señor Batlle: Está escrito que el partido debe gobernar con sus hombres, porque el partido debe gobernar con sus hombres, porque el partido debe tener confianza hasta en los empleados más modestos. El partido que tiene la mayoría del país. Dr. Herrera: No la tiene. Sr. Batlle: Entonces la tienen ustedes. Dr. Herrera. No, la tienen el país porque en los comicios han triunfado los partidos de la oposición. Sr. Batlle y Ordó­ñez: Yo pertenezco a una agrupación que ha sido siempre combatida por el partido nacionalista unido hoy a una fracción y mañana a otra; sin embargo, nosotros sostenemos ese principio de que los partidos deben gobernar con sus hombres y todos tratan, el día que obtengan mayoría, de proceder en la misma forma...".[29]

4 - Las Intendencias
Los deseos de reformar las instituciones también llega­ban al ámbito del gobierno departamental, reclamando una mayor autonomía con arreglo a las necesidades que al país le faltaba encarar para llegar a una mejor administración de los recursos.

Cuando fueron concebidas las Juntas Económicas Adminis­trativas eran otros tiempos: "Una de las cuestiones que reclaman sin duda alguna con mayor urgencia la modificación de la carta magna, y en la que casi todas las opiniones concuerdan, es la referente a nuestro régimen de gobierno municipal; la autonomía del gobierno municipal es un prin­cipio universalmente aceptado de administración, aun en los pueblos que no se rigen por el sistema de gobierno republi­cano...".[30]

Hasta el propio presidente Williman ve la necesidad de cambio: "...la opinión del gobierno sobre el régimen actual de los municipios se hace cada vez más desfavorable, visto que ese régimen no corresponde a las esperanzas que sobre el desarrollo de la administración local concibe la Ley Orgánica de Juntas sancionadas en 1903".[31]

Era evidente que las Juntas no respondían a las necesi­dades del momento,  y la nueva administración iniciada por Williman anunciaba la creación de Intendencias Municipales. Había que buscar un cambio sin violar la Constitución, donde el Intendente sería el poder ejecutivo y los miembros de la Junta serían los que actuarían como el Concejo Deli­berante de Buenos Aires, una especie de parlamento, el cual controlaría la marcha de la administración municipal.

En setiembre de 1907 es enviado el proyecto por el cual se crean las Intendencias, siendo del agrado de la gran mayoría de la Asamblea. Se buscaba ensayar un sistema de gobierno local más en armonía con las exigencias de la vida moderna.



Para llevar adelante tal reforma se tenían presentes los acontecimientos europeos: "...El intendente será el encargado de concluir para siempre con la mayoría de los conflictos que ahora se promueven y será también el encar­gado de dar un impulso enérgico a todas las iniciativas benéficas para las poblaciones confiadas a su dirección.

Las Juntas Económico-Administrativas no responden a las exigencias de la vida de las sociedades contemporáneas. Los Municipios extienden cada vez más la esfera de sus atribu­ciones, y constituyen hoy en día en los pueblos más adelan­tados verdaderas potencias económicas y sociales dotadas de energías tan extraordinarias, que jamás pudieron esperarse por quienes estudiaban y completaban su organización hace apenas veinte o treinta años.

La causa de este extraordinario desenvolvimiento de las funciones de las municipalidades la constituye, principal­mente, lo que en Francia se ha llamado "socialismo munici­pal", y en Inglaterra "Municipal Frading", es decir la tendencia que predomina en las instituciones de gobierno local para tomar a su cargo los servicios públicos, con lo cual se cree favorecer a la sociedad pues se suprimen las ganancias extraordinarias y abusivas de los comerciantes o industriales que hasta el presente se han encargado de esos servicios. En Inglaterra las principales municipalidades han tomado a su cargo los servicios públicos más importan­tes a tal extremo que en los últimos quince años se han convertido en verdaderas empresas comerciales e industria­les. Mr. Chamberlain comparaba con razón los modernos muni­cipios con estos establecimientos comerciales cuyos accio­nistas serían los ciudadanos que recibirían sus dividendos bajo la forma de un momento de bienestar".[32]

Había sectores que veían la creación de las Intenden­cias como una forma de influencia electoral del Poder Ejecutivo, así como una forma de afianzamiento del Partido Colorado.

El nuevo órgano departamental deberá, "...someterse al gran principio económico de la división del trabajo o de la especialización de las funciones a fin de que éstas se cumplan lo más perfectamente posible. Las tareas municipa­les son lo bastante variadas y complejas para que puedan ser desempeñadas, a la vez, por una sola corporación, en su doble carácter ejecutivo y legislativo, y al haber sido ejercidas aquéllas  hasta ahora por las Juntas es que debe­mos atribuir gran parte de los desaciertos de éstos en la gestión municipal...".[33]

5 - La fragmentación de los partidos
La concreción de la reforma constitucional dejó un saldo positivo, si miramos los elementos que se tuvieron en cuenta para la convocatoria de la Asamblea Constituyente: voto secreto, representación proporcional y sufragio uni­versal masculino, dejándose de lado las limitaciones esta­blecidas por la Constitución de 1830.

Si bien los votos colorados eran mayoría, había que hacer la siguiente distinción entre colegialistas (60.000) y los anticolegialistas (15.000) los cuales se sumaban a los nacionalistas (68.000) en la oposición.

En dicha elección se confrontan dos visiones de país, por un lado el Uruguay batllista oligárquico en lo político y popular en lo social, y por el otro el Uruguay blanco-riverista, democrático en lo político y conservador en lo social.

En estos momentos comienza a darse la primera escisión encabezada por Pedro Manini Ríos, constituyéndose en el grupo riverista. Sus ideas se sintetizaban en: antietatis­ta, anticolegialista y contraria a las reformas sociales.

Al riverismo le siguió en mayo de 1919 el vierismo, denominándose Radical y en el mismo año se constituye la Unión Colorada dirigida por el Dr. Augusto Turenne para apoyar la gestión del presidente Dr. Baltasar Brum.

"La oposición de ideas, acentuada de día en día ha quebrantado al partido Oficialista ... Esas divergencias ... son antiguas y podría hallarse su origen en la tendencia socialista dada por el Sr. Batlle a su partido, tendencia poco grata para quienes por tradición, por posición social y hasta por educación, son conservado­res, dentro, naturalmente, del principismo liberal de esa agrupación política ... El colegiado -el soviet, como po­dríamos denominarlo usando la palabra puesta en boga por los bolcheviques rusos- produjo la primera escisión parti­daria (la riverista), de la actual (la batllista) ... no es más que una continuación ... Todo esto revela que si en el oficialismo se aceptan algunas reformas en las relaciones entre obreros y capitalistas, no se admite la raíz socia­lista de esas reformas, vale decir, los principios socia­listas".[34]

En 1926 se produce el alejamiento de Julio María Sosa a causa de las discrepancias con Batlle por el deseo de ocupar el cargo de Presidente de la República, la cual había sido ocupada anteriormente por Baltasar Brum, Ing. José Serrato y el Dr. Juan Campisteguy, los cuales no eran batllistas y sí lo era Sosa. El deseo de Batlle era que ningún batllista ocupara dicho cargo y volcar todas sus fuerzas en el Consejo Nacional de Administración. A raíz de la escisión de Sosa se crea tras de él el Partido Colorado por la Tradición, que llega a obtener alrededor de unos 40.000 votos.

Dentro del Partido Nacional debemos remontarnos en el tiempo a 1903, cuando es expulsado el grupo liderado por Acevedo Díaz y a cuyos integrantes se llamó "Calepinos" (por un caballo de carrera que se llamaba así y del cual no se sabía su origen, habiendo corrido en una ocasión la pista en sentido contrario).
En 1921 el Dr. Herrera ocupa la Presidencia del Direc­torio, se puede interpretar que el Partido Nacional a partir de ese momento adquiere las características de una agrupación política moderna.



Una nueva escisión se dará en 1926, al alejarse el Dr. Lorenzo Carnelli conjuntamente con Ricardo Paseyro, José Otamendi y otras figuras destacadas, girando su preocupa­ción en torno a los problemas sociales, y siendo el propio Carnelli autor de diferentes proyectos de ley en la mate­ria. Fue expulsado del partido por motivos disciplinarios, y constituyó el Radicalismo Blanco  que  tenía sus contin­gentes entre los obreros de la capital, en Soriano y en su departamento natal, Tacuarembó.

Su alejamiento le impidió al Partido Nacional ganar las elecciones, ya que perdieron por 1.600 votos y él obtuvo 4.000 votos.

Las elecciones de 1925 depararon la derrota del Partido Colorado al no poder contar con los votos del riverismo (8.000 votos), lo que permitió que Herrera fuese  el presi­dente del Consejo Nacional de Administración.

Las discrepancias dentro del Partido Nacional depararon en 1928 el surgimiento de la Agrupación Nacionalista Demó­crata Social, liderada por el Dr. Carlos Quijano.

La mayoría blanca estaba acaudillada por el Dr. Luis Alberto de Herrera, superando en las internas de 1920 al sector doctoral encabezado por el Dr. Lussich. Después de la derrota de 1931 se separa este último conformando el Partido Nacional Independiente y quedando por otra parte el Partido Nacional-Herrerista.
Nuestro sistema de partidos políticos se consolidó a partir de 1910 con la incorporación de los pequeños parti­dos: el Socialista y la Unión Cívica.

En 1904, Emilio Frugoni funda el Centro Socialista Obrero 1º de Mayo, el cual será célula inicial de lo que más tarde se denominara Partido Socialista, que a partir de 1905 adopta la denominación Centro Carlos Marx.

El acuerdo realizado con el batllismo en 1910 le permi­tió obtener dos bancas en la Cámara de Representantes, cristalizándose el esfuerzo en la consolidación del Partido Socialista.

Son cruciales los acontecimientos de la revolución de octubre de 1917, la formación de la III Internacional, las críticas de Lenin al reformismo y a la socialdemocracia, para que en el 6º Congreso Extraordinario celebrado en abril de 1921 en Montevideo se produzca,   por un lado la escisión de Eugenio Gómez constituyendo el Partido Comunis­ta del Uruguay y quedando Emilio Frugoni en el Partido Socialista.

La Unión Cívica como partido nace en 1912 aunque sus antecedentes se remontan al siglo pasado desde la década del 70. Su primer representante será el Dr. Joaquín Secco Illa.


CUADRO Nº 8
EVOLUCION DE LAS PRINCIPALES CORRIENTES POLITICAS
1911 - 1928

Durante este tiempo varios fueron los sectores y los partidos que llevaron la iniciativa de la abstención del voto. Pero un régimen de libertad, de igualdad y de copar­ticipación requiere el concurso de todas las opiniones y de todas las tendencias. "...El sufragio es algo más. Es una verdadera función pública, entendiendo este término en el sentido social; es un derecho que ejercemos como miembros de una asociación y cuyo empleo tiene repercusiones en los demás componentes de esa misma sociedad. El cargo que puede hacerse a los que se abstienen no se concreta únicamente a sus intereses sino a los intereses del agregado social de que forman parte y cualquier irregularidad que a este último perjudique es imputable a la actitud de aquéllos.

...Un partido que se aleja de las urnas es un partido que reconoce su debilidad para luchar y que descuenta desde ya su derrota. Cuando se cree en la propia fuerza es preci­so exteriorizar, pues de otro modo hay  derecho a dudar de ella. Renunciar es declararse vencido y no deben hacer tal los partidos que pretenden tener representación en las Asambleas electivas.

No hay motivos, ni siquiera aceptables pretextos, para que la oposición no intervenga en  los próximos comicios en que se ha elegido la Asamblea para la reforma de nuestra Constitución. Si constituyen un partido, si tienen un programa que presentar, si tienen, objeciones que hacer a los programas de los demás partidos, si quieren, en fin, tener la influencia que numéricamente pueda corresponder­les, nada más justo, nada más lógico, que luchen, pues, que las conquistas cívicas no vienen providencialmente sino que son el resultado de la constancia y del empeño partidarios.

La intervención de todos es una exigencia de la demo­cracia...".[35]



CUADRO Nº 9
PARTIDOS QUE CONCURRIERON A ELECCIONES
ENTRE 1916 Y 1928

PARTIDOS                                                        Períodos de participación  
Agrup. Col. Juventud Riverista                                      1928-34    
Partido Agrario Popular                                                   1925-31    
Partido Autonomía Colorada                                        1917       
Partido Bandera Colorada                                                             1919       
Partido Blanco                                                                  1918       
Partido Blanco Radical                                                   1925-31    
Partido Coalición Colorada Nacionalista                    1917       
Partido Colorado                                                              1917      
Partido Colorado Batllista                                              1922-31    
Partido Colorado Gral. Rivera                                       1917-34    
Partido Colorado Radical                                                               1922-31    
Partido Colorado (Anticolegialista)                               1916       
Partido Colorado (Colegialista)                                     1916       
Partido Comunista                                                           1922-58    
Partido Concentración Colorada                                  1928       
Partido Demócrata (Unión Democrática)                    1919       
Partido Nacional                                                               1916      
Partido Por la Tradición Colorada                                1928-34    
Partido Reformista                                                           1928-34    
Partido Rionegrense                                                         1917       
Partido Socialista                                                              1916-58; 66 
Unión Cívica                                                                     1916-58; 84 
Unión Colorada de Durazno                                          1925       
Unión Industrial                                                                1922        

Otro mecanismo al cual podían recurrir los  ciudadanos es el Referéndum: "...supone la intervención directa del pueblo en la orientación fundamental de la vida política del Estado. En una democracia sincera no puede desconocerse el derecho del conjunto de ciudadanos a rectificar lo hecho por los que, en su representación, gobiernan el país. Sólo las tiranías se alejan del pueblo, y sólo un pueblo tiranizado renunciaría a la facultad de declarar su voluntad por los procedimientos políticos permitidos".[36]

Cerrando estas mejoras comienza a verse al voto secreto como la forma más democrática para conservar nuestro régi­men eleccionario, transformándose en un arma que permitirá lograr la nivelación social y la libertad política necesa­ria con que debe contar cualquier pueblo.



CUADRO Nº 10
INTEGRACION DEL CONSEJO NACIONAL
DE ADMINISTRACION Y PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                        1919                                                                                     1919-1923
                               Partido Colorado:                                                              Dr. Feliciano Viera                            
Baltasar Brum
                                                               Dr. Ricardo Areco
                                                               Dr. Domingo Arena
                                                               Sr. Pedro Cosio
                                                               Dr. Francisco Soca
                                                               Sr. Santiago Rivas
                               Partido Nacional: Dr. Alfredo Vásquez Acevedo
                                                               Dr. Carlos A. Berro
                                                               Dr. Martín C. Martínez
                               1920                                                                                     1923-1927
                               Partido Colorado:                                                                              Ing. José Serrato                
Sr. José Batlle y  Ordóñez    
                                                               Dr. Juan Campisteguy
                                                               Dr. Feliciano Viera
                                                               Dr. Ricardo J. Areco
                                                               Dr. Domingo Arena
                                                               Sr. Pedro Cosio
                               Partido Nacional: Dr. Alfonso Lamas
                                                               Dr. Alfredo Vásquez Acevedo
                                                               Dr. Carlos A. Berro

                               1925                                                                                     1927-1931
                               Partido Nacional:                                                               Juan Campisteguy
Dr. Luis Alberto de Herrera    
                                                               Dr. Martín C. Martínez
                                                               Ing. Carlos María Morales.
                                                               Dr. Alfonso Lamas
                               Partido Colorado: Dr. Gabriel Terra
                                                               Dr. Atilio Narancio
                                                               Sr. Julio María Sosa
                                                               Dr. Federico Fleurquin
                                                               Dr. Juan Campisteguy

                               1927
                               Partido Colorado: Sr. José Batlle y Ordóñez
                                                               Dr. Luis C. Caviglia
                                                               Dr. Gabriel Terra
                                                               Sr. Julio María Sosa
                                                               Dr. Federico Fleurquin
                               Partido Nacional: Dr. Arturo Lussich
                                                               Dr. Luis Alberto de Herrera
                                                               Dr. Martín C. Martínez
                                                               Ing. Carlos María Morales
             






[1] Acosta y Lara, Federico- Deberes del Partido Colo­rado. I. El Día. Diciembre, 16 de 1892.
[2] Informes Políticos. La Comisión D. del Partido Constitucional. El Siglo. Abril, 4 de 1900.
[3] Los partidos en el poder y fuera del poder. El Día. Febrero, 26 de 1903.
[4] Política de partido. El Día. Febrero, 20 de 1901.
[5] El gobierno de partido, el acuerdo y la paz. El Día. Febrero, 28 de 1901.
[6] Los partidos en el gobierno. El Día. Marzo, 2 de 1901.
[7] La política del acuerdo. El Día. Marzo, 13 de 1901.
[8] Las luchas de los partidos. El Día. Enero, 18 de 1902.
[9] El compromiso de las Jefaturas. El Día. Marzo, 22 de 1903.
[10] Algunas ampliaciones. El Día. Mayo, 17 de 1904.
[11] La utopía de la coparticipación. El Día. Enero, 15 de 1906.
[12] Secretaría de Asuntos Sociales. Op. cit. pág. 264.
[13] La reforma constitucional. El Día. Diciembre, 29 de 1904.
[14] La palabra de Batlle. Comentarios de El Siglo. Lo que dicen otros colegas. El Día. Agosto, 2 de 1910.
[15] La palabra de Batlle. Comentarios de la prensa. El Día. Agosto, 29 de 1910.
[16] La reforma del P. E. El Día. Enero, 18 de 1913.
[17] El Ejecutivo Colegiado. Reportaje al Dr. Alberto Guani. El Día. Marzo, 25 de 1913.
[18] De "La Vanguardia" de Buenos Aires. Un reportaje al Sr. Batlle y Ordóñez. El Día. Febrero, 14 de 1916.
[19] Paredes, C. B.- Batlle y el Colegiado. Montevideo. 1929. págs. 10-12.
[20] Un proyecto de constitución. El Siglo, Octubre, 1º de 1916.
[21] La Democracia. Julio, 21 de 1916.
[22] La palabra presidencial. El Bien Público. Agosto, 12 de 1916.
[23] Las divisiones partidarias. El Siglo. Octubre, 14 de 1916.
[24] Martínez, Martín C.- Ante la nueva Constitución. Montevideo. 1964. pág. 87.
[25] Ramírez, Juan Andrés- Dos ensayos constituciona­les. Montevideo. 1967. págs. 129-130.
[26] Bruschera, Oscar- Evolución institucional del Uru­guay en el siglo XX. Montevideo. 1988. pág. 8.
[27] Acción democrática. El Día. Febrero, 27 de 1919.
[28] José Batlle y Ordóñez. Documentos para el estudio de su vida y de su obra. Serie VIII 1919-1929. Consejo Nacional de Administración 1921-1927-1929. Tomo III. Monte­video. 1989. págs. 433-435.
[29] Ídem. págs. 454-456.
[30] El gobierno municipal. El Día. Febrero, 26 de 1907.
[31] Ibídem.
[32] Las Intendencias. El desenvolvimiento municipal. El Día. Octubre, 2 de 1907.
[33] Las Intendencias. Informe de la Comisión de Legis­lación. El Día. Enero, 21 de 1908.
[34] Fraccionamiento del Partido Colorado. El Siglo. Abril, 12 de 1919.
[35] Deberes democráticos. El Día. Enero, 30 de 1913.
[36] El referéndum. El Día. Abril, 13 de 1916.

No hay comentarios:

Publicar un comentario